MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA NUEVAVIDA DOS LIMITADA

RUT 76243727-9 CVE 2230754
Fecha instrumento
30 de noviembre de 2022
Notaría
Temuco

Instrumento

Fecha
30 de noviembre de 2022
Notario
ELENA LEYTON CARVAJAL
Oficio
Cuarta Notaría de Temuco
Comuna
Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ELENA LEYTON CARVAJAL, abogado, Notario Público, titular de la Cuarta Notaría de Temuco, con asiento en esta comuna, calle Claro Solar N° 831, Temuco, certifico: Por escritura de fecha 30 de noviembre de 2022, ante mí, Doña LORRAINE CHRISTINE GISELE DUBOIS HERRERA, domiciliada en calle Antonio Varas número novecientos ochenta y nueve, oficina dos mil trescientos uno, Temuco; don LORENZO ANDRÉS DUBOIS ENRÍQUEZ, quien comparece por sí y en representación de ASESORÍA E INVERSIONES DEL BOSQUE SOCIEDAD POR ACCIONES, domiciliados en calle Antonio Varas número novecientos ochenta y nueve, oficina dos mil trescientos uno, Temuco; don LORENZO GERMAN IGNACIO DUBOIS HERRERA, en representación de GESTIÓN COMERCIAL DEL SUR LIMITADA, ambos domiciliados en calle Antonio Varas número novecientos ochenta y nueve, oficina dos mil trescientos uno, Temuco, don ALEJANDRO AMBROSIO MONTECINOS HENRIQUEZ, en representación de INVERSIONES Y ASESORIAS EN CONSTRUCCIÓN SOCIEDAD POR ACCIONES, ambos domiciliados en calle Montes Sabinos número quinientos siete, Temuco. Modificaron INMOBILIARIA NUEVAVIDA DOS LIMITADA, cuyo extracto fue inscrito a fojas mil novecientas dieciséis número mil quinientos tres del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil doce, en el siguiente sentido: VENTA DE DERECHOS SOCIALES: A) doña LORRAINE CHRISTINE GISELE DUBOIS HERRERA, con el consentimiento expreso de su consocio, vende, cede y transfiere el cien por ciento de sus derechos sociales, de que es titular en "INMOBILIARIA NUEVAVIDA DOS LIMITADA ", equivalente al cinco por ciento del total de los mismos, a GESTIÓN COMERCIAL DEL SUR LIMITADA, quien compra, adquiere y acepta para sí, a través de su representante legal.- Precio de cesión: doscientos treinta y un mil pesos, debidamente pagado en ese acto; B) don LORENZO ANDRÉS DUBOIS ENRÍQUEZ, con el consentimiento expreso de su consocio, vende, cede y transfiere el veintiséis coma treinta y un por ciento de sus derechos sociales, de que es titular en "INMOBILIARIA NUEVAVIDA DOS LIMITADA", equivalente al veinticinco por ciento del total de los mismos, a ASESORÍA E INVERSIONES DEL BOSQUE SOCIEDAD POR ACCIONES, quien compra, adquiere y acepta para sí, a través de su representante legal.- Precio de cesión: un millón ciento cincuenta y cuatro mil setecientos cuarenta y seis pesos, debidamente pagado en ese acto.- C) don LORENZO ANDRÉS DUBOIS ENRÍQUEZ, con el consentimiento expreso de sus consocios, vende, cede y transfiere el diez coma cincuenta y tres por ciento de sus derechos sociales, de que es titular en "INMOBILIARIA NUEVAVIDA DOS LIMITADA", equivalente al diez por ciento del total de los mismos, a INVERSIONES Y ASESORIAS EN CONSTRUCCIÓN SOCIEDAD POR ACCIONES, quien compra, adquiere y acepta para sí, a través de su representante legal.- Precio de cesión: cuatrocientos sesenta y dos mil ciento sesenta y dos pesos, debidamente pagado en ese acto; D) don LORENZO ANDRÉS DUBOIS ENRÍQUEZ, con el consentimiento expreso de sus consocios, vende, cede y transfiere el sesenta y tres coma dieciséis por ciento de sus derechos sociales, de que es titular en "INMOBILIARIA NUEVAVIDA DOS LIMITADA", equivalente al sesenta por ciento del total de los mismos, a GESTIÓN COMERCIAL DEL SUR LIMITADA, quien compra, adquiere y acepta para sí, a través de su representante legal. Precio de cesión: dos millones setecientos setenta y dos mil noventa y dos pesos, debidamente pagado en ese acto.- En consecuencia de lo anterior, cláusula quinta se modifica en tal sentido.- A raíz de la cesión de derechos, la nueva participación social, queda de la manera que sigue: UNO) GESTIÓN COMERCIAL DEL SUR LIMITADA en un sesenta y cinco por ciento; DOS) ASESORÍA E INVERSIONES DEL BOSQUE SOCIEDAD POR ACCIONES en un veinticinco por ciento; y, TRES) INVERSIONES Y ASESORIAS EN CONSTRUCCIÓN SOCIEDAD POR ACCIONES en un diez por ciento.- En consecuencia de lo anterior, cláusula séptimo se modifica en tal sentido.- En todo lo restante, no alterado ni modificado por el presente instrumento, el pacto social queda plenamente vigente.- Demás estipulaciones en escritura Extractada.- Temuco, 30 noviembre de 2022.-