GLOCALCO LATAM SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de diciembre de 2022
- Notario
- Bernardo Espinosa Bancalari
- Domicilio
- Puerto Varas
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| RENATO JAVIER AICHELE HORN | socio | 10029797-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: por escritura de 02 de diciembre de 2022, ante mí, don FREDI SANTIAGO ESPINOZA BREVIS, factor de comercio, CI N° Nº10.282.582-9, domicilio en Lawrence 372, departamento 202, Puerto Montt, don GONZALO IGNACIO ROJAS RUIZ, ingeniero civil industrial, CI N°10.688.390-4, domicilio en Loteo Los Ulmos parcela 129, Molino Viejo, Puerto Varas, don RODRIGO FABIÁN NIKLITSCHEK AGUILERA, ingeniero civil industrial, CI N°10.359.420-0, domicilio en Lote 14, Trapen Panitao, Puerto Montt, y don RENATO JAVIER AICHELE HORN, ingeniero comercial, CI N°10.029.797-3, domicilio en Los Arrayanes 126, Playa Hermosa, Puerto Varas, únicos accionistas de la sociedad por acciones denominada GLOCALCO LATAM SpA o GLOGALCO SpA, inscrita a fojas 548 Nº337 en el Registro de Comercio del Conservador de Puerto Montt, año 2.019, y en mérito de las ventas de acciones que da cuenta la escritura, quedaron como únicos y actuales accionistas de la sociedad don FREDI SANTIAGO ESPINOZA BREVIS, don GONZALO IGNACIO ROJAS RUIZ, don RODRIGO FABIÁN NIKLITSCHEK AGUILERA, y don RENATO JAVIER AICHELE HORN, con 750 acciones cada uno, quienes modificaron los estatutos de la sociedad de la siguiente forma: A) Modifican el artículo segundo, que dice relación con el nombre o razón social, en el sentido que, a contar de esta fecha, el nombre o razón social es “SORKEN SpA”, y el nombre de fantasía “SK SpA.”.- B) Modifican el artículo décimo cuarto y artículo décimo quinto, que dicen relación con la administración de la sociedad, en el sentido de que la sociedad será administrada, indistintamente en forma conjunta o separada, por don GONZALO IGNACIO ROJAS RUIZ, don FREDI SANTIAGO ESPINOZA BREVIS, don RODRIGO FABIÁN NIKLITSCHEK AGUILERA y don RENATO JAVIER AICHELE HORN, con las facultades y restricciones que da cuenta el artículo décimo quinto de los estatutos.- En lo demás se mantienen vigentes estipulaciones del pacto social, entre ellas la que establece que el capital social es la suma de tres millones de pesos y que los accionistas serán solo responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Puerto Varas, 05 de diciembre de 2022.-