ASESORIAS ARTÍSTICAS IDENTIFICARTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de diciembre de 2022
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- La duración de la sociedad será de 10 años contados desde la fecha del presente instrumento. Vencido el plazo, este se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por períodos de diez años cada uno, a menos que alguno de los socios manifestare su voluntad en orden a ponerle término, mediante declaración hecha por escritura anotada al margen de la inscripción social, con no menos de seis meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo primitivo o de la prórroga en vigencia, según fuere el caso. La aludida manifestación de voluntad deberá ser necesariamente notificada a los restantes socios por un Notario Público o algún Ministro de Fe. La no inscripción oportuna de la referida manifestación de voluntad y/o la falta de notificación, la invalidará y dejará sin efecto alguno. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus
Objeto social
El objeto de la sociedad será: El objeto de la sociedad será: La prestación de toda clase de asesorías profesionales, consultorías y servicios de carácter dramático, artístico y)o obras, eventos espectáculos todos de clase cultural y cualquier actividad relacionada con el objeto que los socios acuerden
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social o firma social corresponderá a don PABLO EMILIO TEILLIER CONTRERAS y don CRISTIÁN MILENKO RUÍZ GUTIERREZ, quienes, indistintamente la podrán ejercer conjunta o separadamente, anteponiendo la razón social a su firma, obligarán y representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo actuar por medio de apoderados o por medio de uno o más mandatarios que cualquiera de dichos apoderados, sin distinción alguna, designe en cualquier momento
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico: Por escritura pública 01 Diciembre 2022, ante mí, don PABLO EMILIO TEILLIER CONTRERAS, chileno, soltero, actor, domiciliado en calle Los Alerces Nº 2.450 C, departamento 906, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; don CRISTIÁN MILENKO RUIZ GUTIÉRREZ, chileno, casado, actor, domiciliado en calle Pedro Rico Nº 5495, casa A, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron sociedad responsabilidad limitada a monto de aportes. Domicilio: Ciudad de Santiago, Razón social: “ASESORIAS ARTÍSTICAS IDENTIFICARTE LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía IDENTIFICARTE LTDA ", que la obligará de la misma manera que la razón social. Objeto: El objeto de la sociedad será: El objeto de la sociedad será: La prestación de toda clase de asesorías profesionales, consultorías y servicios de carácter dramático, artístico y/o obras, eventos espectáculos todos de clase cultural y cualquier actividad relacionada con el objeto que los socios acuerden. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social o firma social corresponderá a don PABLO EMILIO TEILLIER CONTRERAS y don CRISTIÁN MILENKO RUÍZ GUTIERREZ, quienes, indistintamente la podrán ejercer conjunta o separadamente, anteponiendo la razón social a su firma, obligarán y representarán a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo actuar por medio de apoderados o por medio de uno o más mandatarios que cualquiera de dichos apoderados, sin distinción alguna, designe en cualquier momento. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 que los socios aportan y enteran en la forma y proporción que a continuación se expresa: Socio PABLO EMILIO TEILLIER CONTRERAS, aporta la suma de $900.000, que ingresa, al contado en dinero efectivo, en caja social, socio don CRISTIAN MILENKO RUÍZ GUTIÉRREZ, aporta la suma de $100.000, que ingresa, al contado en dinero efectivo en caja social. Duración: La duración de la sociedad será de 10 años contados desde la fecha del presente instrumento. Vencido el plazo, este se entenderá prorrogado tácita, automática y sucesivamente por períodos de diez años cada uno, a menos que alguno de los socios manifestare su voluntad en orden a ponerle término, mediante declaración hecha por escritura anotada al margen de la inscripción social, con no menos de seis meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo primitivo o de la prórroga en vigencia, según fuere el caso. La aludida manifestación de voluntad deberá ser necesariamente notificada a los restantes socios por un Notario Público o algún Ministro de Fe. La no inscripción oportuna de la referida manifestación de voluntad y/o la falta de notificación, la invalidará y dejará sin efecto alguno. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en ella. Santiago, 06 de Diciembre de 2022.-