CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN Y CORRETAJE DE PROPIEDADES BERRIOS Y GUEVARA LIMITADA

RUT 13257473-1 CVE 2230359
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de noviembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de noviembre de 2022
Notario
HERNÁN CUADRA GAZMURI
Oficio
Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago
Duración
La duración de la sociedad será de cinco años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período
Ley aplicable
Ley Nº19.799

Objeto social

El objeto de la Sociedad es la prestación de servicios de intermediación y corretaje de propiedades e intermediación financiera

Administración

La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a indistintamente a uno cualquiera de los socios, don Víctor Arturo Guevara Cáceres o doña Andrea Denisse Berríos Zúñiga, quienes, actuando en forma independiente y separada, podrán ejercerla personalmente o por medio de mandatarios especialmente designados al efecto por medio de escritura pública. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 30 de Noviembre de 2022. Documento Incorpora Firma Electrónica Avanzada, según lo indicado en la Ley Nº19.799 y en el Autoacordado de la Excma. Corte Suprema. Su validez puede ser consultada en el sitio http://www.e-certchile.cl

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HERNÁN CUADRA GAZMURI, Notario Público, Titular de la Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 1.160, o ficina 101 y 102, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 29 de Noviembre de 2022, ante mí, don Victor Arturo Guevara Cáceres, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero civil industrial, cédula de identidad número 13.257.473-1 y doña Andrea Denisse Berríos Zúñiga, chilena, cónyuge del anterior, constructor civil, cédula de identidad número 13.200.115-4, ambos con domicilio en Avenida Chamisero número 15.921, casa 125, comuna de Colina, Región Metropolitana, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Nombre o Razón Social: “SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN Y CORRETAJE DE PROPIEDADES BERRIOS Y GUEVARA LIMITADA”, pudiendo usar para efectos comerciales, bancarios, tributarios, de publicidad, o todo otro tipo, la expresión “Berríos y Guevara Ltda.”, con la que se obligará y denominará a la sociedad de igual forma que con su nombre íntegro. Objeto: El objeto de la Sociedad es la prestación de servicios de intermediación y corretaje de propiedades e intermediación financiera. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Plazo: La duración de la sociedad será de cinco años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Capital: capital de la sociedad asciende a la suma de $2.000.000.-, que los socios han aportado y pagaran en dinero en un plazo de tres años a contar de la escritura de constitución. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a indistintamente a uno cualquiera de los socios, don Víctor Arturo Guevara Cáceres o doña Andrea Denisse Berríos Zúñiga, quienes, actuando en forma independiente y separada, podrán ejercerla personalmente o por medio de mandatarios especialmente designados al efecto por medio de escritura pública. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 30 de Noviembre de 2022. Documento Incorpora Firma Electrónica Avanzada, según lo indicado en la Ley Nº19.799 y en el Autoacordado de la Excma. Corte Suprema. Su validez puede ser consultada en el sitio http://www.e-certchile.cl.-