MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PANIFICADORA FERNANDEZ Y CLARO LIMITADA

RUT 76074014-4 CVE 2229214
Fecha instrumento
29 de noviembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
29 de noviembre de 2022
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos N°941, local 302, Pasaje Matte, Santiago, Certifica: Por escritura pública otorgada ante mí, de fecha 29 de Noviembre de 2022, Rep. Nº 18495/2022, MARCELA ALEJANDRA CLARO RAMÍREZ, HUGO HECTOR FERNANDEZ NOVOA, y BRAULIO ANDRÉS FERNÁNDEZ CLARO, todos Avenida San Pablo Nº 8750, Pudahuel, modificaron PANIFICADORA FERNANDEZ Y CLARO LIMITADA, constituida el 14/09/2009, ante Néstor Riquelme Contreras, Notario suplente del titular de Santiago Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, extracto inscrito a fojas 44921, nº 31055, año 2009, Registro de Comercio, Conservador de Bienes Raíces de Santiago, Diario Oficial del 26/09/2009. Modificaciones: Se retira de la sociedad BRAULIO ANDRES FERNANDEZ CLARO, dueño del 35% del haber social, vende, cede y transfiere, el total de sus derechos sociales, a MARCELA ALEJANDRA CLARO RAMÍREZ, y a HUGO HECTOR FERNANDEZ NOVOA, quienes los compran, aceptan y adquieren para sí, como sigue: a) MARCELA ALEJANDRA CLARO RAMÍREZ, compra para sí un 20% del haber social, en $2.500.000.- efectivo, este acto; y b) HUGO HECTOR FERNANDEZ NOVOA, compra para sí un 15% del haber social, en $1.875.000.- efectivo, este acto. Consecuencia quedan: MARCELA ALEJANDRA CLARO RAMIREZ, dueña del 50% del haber social, con un aporte de $6.250.000.- y dos) HUGO HECTOR FERNANDEZ NOVOA, dueño del 50% del haber social, con un aporte de $6.250.000.- Por último, actuales socios ratifican cláusula cuarta del pacto social primitivo, en el sentido de que la administración, representación y el uso de la razón social y nombre de fantasía, continuará correspondiendo a cualesquiera de los socios, actuando de forma conjunta o separada e indistintamente, con las mismas facultades contenidas en la señalada cláusula del pacto original. En lo no modificado socios declaran que se mantiene vigente, pacto social constitutivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones, escritura extractada.- Santiago, 29 de Noviembre de 2022.- Luis Ignacio Manquehual Mery.- Notario Público.-