Instrumento
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Sociedad
- N. fantasía
- Green Bricks Ltda
- Capital
- $3.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de Las condes, región metropolitana de santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
FABRICACION DE OTROS PRODUCTOS MINERALES NO METALICOS N.C.P. 239900
Administración
DIEGO PEDRO MATÍAS CARTES VILLAGRÁN, ERWIN JONATHAN URIBE ROJAS, cualquiera indistintamente
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Diego Pedro Matías Cartes Villagrán | socio | 17614522-6 | — | — | CONCEPCIÓN, BIOBIO |
| Erwin Jonathan Uribe Rojas | socio | 17076193-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEl Registro de Empresas y Sociedades, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449 torre 2 piso 11, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, certifica que, según consta en el Estatuto Actualizado, Diego Pedro Matías Cartes Villagrán, RUN: 17.614.522-6, con domicilio en: gobernador juan henrtiquez N° 368, CONCEPCIÓN, región del BIOBIO, Erwin Jonathan Uribe Rojas, RUN: 17.076.193-6, con domicilio en: VILLA ARAUCARIAS PASAJE 2 N° 249, ARAUCO, región del BIOBIO, son los únicos socios de una sociedad de responsabilidad limitada, constituida e inscrita en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades con fecha 04 de abril del 2018, regida por la Ley 3.918, sus modificaciones y demás leyes pertinentes, de cuyo estatuto actualizado se extracta lo siguiente: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: Green Bricks Chile Limitada . NOMBRE DE FANTASÍA: Green Bricks Ltda. OBJETO: FABRICACION DE OTROS PRODUCTOS MINERALES NO METALICOS N.C.P. 239900. DOMICILIO: Comuna de Las condes, región metropolitana de santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura indefinida. CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $3.000.000 de pesos, que ha sido completamente enterado; que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones de la forma siguiente: A) DIEGO PEDRO MATÍAS CARTES VILLAGRÁN tiene una participación de un 50 por ciento en la propiedad de la presente compañía, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $1.500.000 pesos; B) ERWIN JONATHAN URIBE ROJAS tiene una participación de un 50 por ciento en la propiedad de la presente compañía, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $1.500.000 pesos; ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: DIEGO PEDRO MATÍAS CARTES VILLAGRÁN, ERWIN JONATHAN URIBE ROJAS, cualquiera indistintamente. Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones en estatuto actualizado extractado.