DELOITTE AUDITORES Y CONSULTORES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de octubre de 2022
- Notario
- VERONICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- titular de la 33° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto las siguientes: A) La prestación de servicios a personas naturales y jurídicas, incluyendo servicios de auditoría externos y revisiones de cuentas, servicios de contabilidad en general, servicios de asesoría tributaria, consultoría en riesgo, asesoría legal y en general prestar servicios a personas naturales y jurídicas relacionados con su gestión personal, civil, comercial o empresarial. Las actividades de la sociedad comprenderán en todo caso, servicios de capacitación ocupacional, especialmente relacionadas con lo dispuesto en el Estatuto de Capacitación y Empleo y su normativa correspondiente. B) La elaboración y desarrollo, compra, venta, arrendamiento, distribución, instalación, reparación, asistencia técnica en cualquier forma y a cualquier título de software, de asistencia profesional, económica, tributaria y legal, la asesoría y consultoría en el desarrollo de negocios en relación al área informática y de la computación. C) La prestación de servicios de asesoría y consultoría empresarial tendientes a la promoción, organización, crecimiento, mejoramiento y desarrollo de las empresas que lo requieran; la realización de estudios, análisis y evaluaciones que permitan desarrollar programas de mejoramiento de procesos de calidad total. D) Arrendamiento de bienes corporales muebles y subarrendamiento de bienes corporales muebles o inmuebles, sean éstos últimos amoblados o no. E) Exportación de servicios”. Dos) Modificar la Administración de la Sociedad sustituyendo el numeral Quince, letra E del punto I. del Artículo Décimo Segundo de los estatutos sociales por el siguiente: ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO; DE LA
Administración
(…) E) Facultades para representar a la sociedad y actuar ante las siguientes Instituciones y Autoridades. Quince) Representar a la sociedad y actuar ante la Dirección Nacional del Trabajo; la Comisión para el Mercado Financiero; la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones; la Superintendencia de Instituciones de Salud Provisional; la Fiscalía Nacional Económica; Comisión Preventiva Central, Comisiones Preventivas Regionales, Comisión Resolutiva y ante toda otra clase de instituciones públicas que ejerzan funciones de fiscalización o desarrollen actividades normativas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario público suplente del titular de la 33° Notaria de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 18 de octubre de 2022, ante el titular, Ricardo Alberto Briggs Luque, por sí y en representación de Deloitte Advisory SpA (antes Deloitte Advisory Limitada) y Servicios Deloitte SpA; Mauricio Enrique Farías Navarro; Juan Carlos Jara Muñoz; Tomás Andrés Castro Galleguillos, Roberto Luis Espinoza Osorio; Rolf Américo Lagos Flores; Juan Carlos Rodríguez Cabrera; Julio Antonio Valenzuela Cid; Daniel Fernández Pérez; Claudio Mauricio Moya Arancibia; Robinson Andrés Ernesto Alarcón Gómez; Alberto Tomás Kulenkampff García; Cristián Marcelo Álvarez Parra; Daniel Octavio Joignant Pacheco; Jorge Antonio Belloni Massoni; Christopher James Westbrook Lyon; Patricia Florencia Zuanic Campos; Jorge Fanor Ortíz Martínez; Esteban Rodrigo Campillay Espinoza; Pedro Antonio Bravo Gómez; René Eduardo González López; Cesar Osvaldo Vega González; Sergio Ramón Ramírez Venzano; Jorge Serra Sepúlveda; Pablo Samuel Vásquez Urrutia; Roberto Andrés Leiva Casas-Cordero; Jessica Antonia Pérez Pavéz; Milton Catacoli; Christian Germán Arriagada Rivas; María Ester Pinto Ulloa; Elizabeth Karen Camoglino González; Roberto Fernando León Villarroel; Astrid Jeannette Sauterel Gajardo; Cristian Gregorio Tapia Salgado; Genevieve Brittanie Haack; Marcela Alejandra Tapia Espinoza; y Daniel Jose Solorzano Colina, todos domiciliados en Rosario Norte 407, Las Condes, Santiago, acuerdan modificar los estatutos de la sociedad Deloitte Auditores y Consultores Limitada, en el siguiente sentido: Uno) Modificar el Objeto de la Sociedad sustituyendo el Artículo Segundo de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTICULO SEGUNDO: OBJETO. La Sociedad tiene por objeto las siguientes: A) La prestación de servicios a personas naturales y jurídicas, incluyendo servicios de auditoría externos y revisiones de cuentas, servicios de contabilidad en general, servicios de asesoría tributaria, consultoría en riesgo, asesoría legal y en general prestar servicios a personas naturales y jurídicas relacionados con su gestión personal, civil, comercial o empresarial. Las actividades de la sociedad comprenderán en todo caso, servicios de capacitación ocupacional, especialmente relacionadas con lo dispuesto en el Estatuto de Capacitación y Empleo y su normativa correspondiente. B) La elaboración y desarrollo, compra, venta, arrendamiento, distribución, instalación, reparación, asistencia técnica en cualquier forma y a cualquier título de software, de asistencia profesional, económica, tributaria y legal, la asesoría y consultoría en el desarrollo de negocios en relación al área informática y de la computación. C) La prestación de servicios de asesoría y consultoría empresarial tendientes a la promoción, organización, crecimiento, mejoramiento y desarrollo de las empresas que lo requieran; la realización de estudios, análisis y evaluaciones que permitan desarrollar programas de mejoramiento de procesos de calidad total. D) Arrendamiento de bienes corporales muebles y subarrendamiento de bienes corporales muebles o inmuebles, sean éstos últimos amoblados o no. E) Exportación de servicios”. Dos) Modificar la Administración de la Sociedad sustituyendo el numeral Quince, letra E del punto I. del Artículo Décimo Segundo de los estatutos sociales por el siguiente: ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO; DE LA ADMINISTRACIÓN. (…) E) Facultades para representar a la sociedad y actuar ante las siguientes Instituciones y Autoridades. Quince) Representar a la sociedad y actuar ante la Dirección Nacional del Trabajo; la Comisión para el Mercado Financiero; la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones; la Superintendencia de Instituciones de Salud Provisional; la Fiscalía Nacional Económica; Comisión Preventiva Central, Comisiones Preventivas Regionales, Comisión Resolutiva y ante toda otra clase de instituciones públicas que ejerzan funciones de fiscalización o desarrollen actividades normativas. Demas estipulaciones escritura extractada. Santiago, 16 de noviembre de 2022.-