SOCIEDAD RECUPERADORA DE CARTERA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 3 de octubre de 2022
- Repertorio
- 3151-2022
- Comuna
- Pública de Santiago
Sociedad
- Capital
- $22.040.605 CLP
Objeto social
Asesoría profesional en materia de evaluación, calificación y recuperación de carteras, cuentas por cobrar y en general, de toda clase de activos.- (c)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Abogada, Notaria Titular de la 37ª Notaría Pública de Santiago, con oficio en Huérfanos N°1117, oficina 1014, comuna de Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 3 octubre 2022, Repertorio Nº3151-2022, otorgada ante mí, Claudia Danitza Aguilera Estay y Clara Hamilton Echavarri, ambas domiciliadas estos efectos Nueva York 25, piso 7, Santiago, redujeron acta Junta Extraordinaria Accionistas de Sociedad Recuperadora de Cartera S.A., de 3 de octubre de 2022, Fs. 28.758, Nº14.295, Comercio Santiago 1990, en la que se transformó la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada.- Principales menciones de sociedad transformada son: (a) Nombre o razón social: SOCIEDAD RECUPERADORA DE CARTERA LIMITADA, pudiendo utilizar nombre de fantasía de “RECART LTDA.”. (b) Objeto: Asesoría profesional en materia de evaluación, calificación y recuperación de carteras, cuentas por cobrar y en general, de toda clase de activos.- (c) Capital: $22.040.605, aportados por las socias en dinero efectivo ya enterado, siguientes proporciones, de acuerdo a la participación en la sociedad transformada: Clara Hamilton Echavarri, 52% del total, y Claudia Danitza Aguilera Estay, 48% del total. El capital está pagado en dinero.- (d) Administración y uso de la razón social corresponderá a ambas socias, quienes la ejercerán a través de la o las personas que designen de común acuerdo por escritura pública. La o las personas designadas, conjunta o separadamente, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición.- (e) Responsabilidad de las socias queda limitada al monto de sus respectivos aportes. (f) Sociedad durará 5 años, contados desde 3 octubre 2022. Plazo se entenderá prorrogado automáticamente períodos iguales y sucesivos de 3 años, si ninguno socios expresa voluntad contraria manifestada a través de una escritura pública que deberá ser anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del período que esté en vigencia.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 25 de Noviembre de 2022.