MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA

RUT 77020346-5 CVE 2227684
Capital
$2.400.000 CLP
Fecha instrumento
25 de noviembre de 2022

Instrumento

Fecha
25 de noviembre de 2022
Repertorio
13519-22
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$2.400.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público de Temuco, con oficio en Antonio Varas 979, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de noviembre de 2022, Repertorio N° 13.519-22, ante mí, 1.- Doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, chilena, divorciada, contador auditor, cédula nacional de identidad N°14.322.348-5, por sí y en representación de don NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad N°20.725.812-1 y de don IGNACIO FRANCISCO MADRID SALINAS, chileno, soltero, estudiante, cedula nacional de identidad N°21.063.365-0, 2.- Don RAÚL ALEXIS MADRID CID, chileno, divorciado, ingeniero en ejecución forestal, cédula nacional de identidad número 12.864.423-7 y 3.- Don JAVIER PASCUAL ALEJANDRO MOLINA PÉREZ, chileno, soltero, contador general, cedula nacional de identidad número N°15.655.818-4, todos domiciliados para estos efectos en calle Bernardo O’Higgins N°125, oficina 301, comuna y ciudad de Temuco, celebraron cesión de derechos y modificación de sociedad como sigue: SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA, se constituyó mediante escritura pública de 17 de mayo del 2019, Notario Público de Temuco don Rodrigo Ignacio Sepúlveda Gómez. Un extracto de la escritura se inscribió a Fojas 622V, N°395 en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, año 2019, y se publicó en el NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS, representado por doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, vende, cede y transfiere el 100% de los derechos sociales de los cuales es dueño, esto es, el 10% de los derechos sociales de SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA a don JAVIER PASCUAL ALEJANDRO MOLINA PÉREZ, quien los compra acepta y adquiere para sí. El precio de la venta y cesión de derechos asciende a la suma única y total de $240.000 pesos, los cuales el cesionario paga en el acto, al contado en dinero en efectivo. Dos.- Don IGNACIO FRANCISCO MADRID SALINAS, representado por doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, vende, cede y transfiere el 100% de los derechos sociales de los cuales es dueño, esto es, el 10% de los derechos sociales de SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA a don JAVIER PASCUAL ALEJANDRO MOLINA PÉREZ, quien los compra acepta y adquiere para sí. El precio de la venta y cesión de derechos asciende a la suma única y total de $240.000 pesos, los cuales el cesionario paga en el acto, al contado en dinero en efectivo. Tres.- Don RAUL ALEXIS MADRID CID, vende, cede y transfiere el 100% de los derechos sociales de los cuales es dueño, esto es, el 20% de los derechos sociales de SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA a doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA quien los compra acepta y adquiere para sí. El precio de la venta y cesión de derechos asciende a la suma única y total de $480.000 pesos, los cuales la cesionaria paga en este acto al cedente al contado en dinero en efectivo. Modificación estatutos.- Los actuales socios acuerdan introducir las siguientes modificaciones a los estatutos sociales: A.- Se remplaza íntegramente el Artículo Primero de los estatutos por el siguiente tenor: “ARTÍCULO PRIMERO: Son únicos socios de la sociedad doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, y don JAVIER PASCUAL ALEJANDRO MOLINA PÉREZ”. B.- Se reemplaza íntegramente el Artículo Tercero de los estatutos por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO TERCERO: El objeto de la sociedad es la prestación por cuenta propia o de terceros, de toda clase de servicios, asesorías o consultorías profesionales en materia contable, tributaria, de auditoría y finanzas, tanto a personas naturales como a personas jurídicas. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes al objeto señalado. C.- Se reemplaza íntegramente el Artículo Séptimo de los estatutos por el siguiente tenor: “ARTÍCULO SÉPTIMO El capital social asciende a la suma de $2.400.000 pesos que los socios aportan y enteran de la forma siguiente: Uno.- Doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, aportó la suma de $1.920.000 pesos, equivalentes al 80% del capital social, que pagó al contado y en efectivo e ingresaron en arcas de la sociedad con anterioridad a esta fecha; Dos.- Don JAVIER PASCUAL ALEJANDRO MOLINA PÉREZ, aportó la suma de $480.000 pesos, equivalentes al 20% del capital social, que se pagaron al contado y en efectivo, e ingresaron en arcas de la sociedad con anterioridad a esta fecha”. Se deja constancia que en todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás clausulas constan en escritura extractada. Temuco, 30 de noviembre de 2022.-