Sociedad Comercial La Bodega 7 Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de septiembre de 2021
- Notario
- FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRÍGUEZ
- Oficio
- Segunda Notaria de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- La sociedad tendrá como domicilio el ubicado en pasaje Barsac número 3699 block 4 departamento 14 Condominio Puerta del Pacífico 3, comuna de Arica, región de Arica y Parinacota
- Ley aplicable
- Ley N° 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRÍGUEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Viña del Mar, con oficio en calle Arlegui número trescientos treinta y tres, local ciento once, Viña del Mar; certifica: Por Escritura Pública otorgada veintidós de noviembre del dos mil veintidós, ante mí, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, doña JUANITA CRISTINA DAWSON MERCADO, chilena, casada, vendedora, cédula de identidad y Rol Único Tributario número seis millones novecientos treinta y nueve mil setenta y seis guion cinco, don JUAN PABLO ELIAS GOMEZ DAWSON, chileno, soltero, empleado, cédula de identidad y Rol Único Tributario número veinte millones cuatrocientos ochenta y un mil novecientos cincuenta y siete guion dos y don TITO ELIAS GOMEZ BARRAZA, chileno, casado, factor de comercio, cédula de identidad y Rol Único Tributario cinco millones novecientos ochenta y un mil trescientos dos guion uno, todos con domicilio en calle Litorina número doscientos setenta, departamento treinta y uno, Jardín del Mar, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, vienen en sanear y modificar la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD COMERCIAL LA BODEGA 7 LIMITADA”, Rut 77.454.611-1, constituida por escritura pública de fecha 27-09-2021, otorgada ante el Notario Público titular de Viña del Mar, don Francisco Javier Fuenzalida Rodríguez: a) Saneamiento: Los comparecientes de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 19.499, vienen en sanear el vicio consistente en que el extracto de la escritura individualizada en la clausula precedente no se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes de Bienes Raíces de Viña del Mar, dentro del plazo legal. Los comparecientes acogiéndose a la referida ley dan por saneado cualquier vicio de nulidad que pudiera afectar a la escritura señalada. De conformidad al artículo segundo de la Ley ya citada, el vicio de inscripción tardía se entenderá saneado, y producirá efecto retroactivo a la fecha de la escritura pública; b) Modificación: Por el presente instrumento, los socios modifican la referida sociedad en los siguientes términos: DOMICILIO: La sociedad tendrá como domicilio el ubicado en pasaje Barsac número 3699 block 4 departamento 14 Condominio Puerta del Pacífico 3, comuna de Arica, región de Arica y Parinacota, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero.- En lo demás, rige lo señalado en escritura primitiva.- Capital: $5.000.000.-, aportado así: doña JUANITA CRISTINA DAWSON MERCADO, la suma de un millón de pesos ($1.000.000) que entera aportando, en este acto, al contado, en dinero efectivo, del cual la sociedad se da por recibida a su entera satisfacción, don JUAN PABLO ELIAS GOMEZ DAWSON, la suma de un millón de pesos ($1.000.000), que entera, en este acto, al contado, en dinero efectivo, que la sociedad da por recibido a su completa satisfacción, y don TITO ELIAS GOMEZ BARRAZA, la suma de tres millones de pesos ($3.000.000) que entera aportando, en este acto, al contado, en dinero efectivo, del cual la sociedad se da por recibida a su entera satisfacción.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- 25 de noviembre del 2022.-