CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones SyM SpA

CVE 2227952
Capital
$4.000 CLP
Fecha instrumento
27 de octubre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de octubre de 2022
Notario
ANDRES CARLOS ZAVALA COURRIOL
Oficio
29ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$4.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La inversión, directamente o a través de otras sociedades o fondos de inversión de cualquier tipo, en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, en Chile o en el extranjero, como asimismo la explotación y administración de estos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena. b) La compra, venta, arrendamiento y subarrendamiento de toda clase de bienes raíces, sea urbanos o rurales, amoblados o no; el loteo y subdivisión de los mismos; y, la ejecución de proyectos inmobiliarios, así como la compra, venta, arrendamiento y subarrendamiento de los bienes muebles que sean necesarios para su acondicionamiento, equipamiento y guarnición. c) La ejecución de actos de intermediación remunerada entre contratantes para facilitar la conclusión de operaciones sobre toda clase de productos, bienes muebles e inmuebles, establecimientos comerciales o industriales, tales como compraventas, permutas, arrendamientos, tasaciones, pudiendo administrar inmuebles ajenos y, en general, ejecutar cualquier otro acto o contrato vinculado directa o indirectamente con el corretaje de bienes. d) La explotación de negocios gastronómicos, de alimentos en general y afines, por cuenta propia o de terceros, pudiendo adquirir franquicias, instalar o administrar restaurantes, diurnos o nocturnos, cafeterías, casinos y bares, máquinas dispensadoras, etcétera, para lo cual podrá ejecutar toda clase de operaciones de carácter civil o comercial y los giros similares o complementarios que se relacionen con su

Administración

Corresponderá indistintamente a Sebastián Massú Contreras y Marie Rebecca Bernard De Vos De Cuyper. Facultades y limitaciones en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRES CARLOS ZAVALA COURRIOL, Notario Público Interino de la 29ª Notaría de Santiago, domiciliada en Mac Iver N°225, oficina 302, Santiago, certifico que, por escritura pública del 27 de octubre de 2022, ante mí, Sebastián Massú Contreras y Marie Rebecca Bernard De Vos De Cuyper, ambos domiciliados en El Gabino N°13.220, depto. 105, Lo Barnechea, constituyeron sociedad por acciones, de la que extracto: NOMBRE: “INVERSIONES SyM SpA”. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La inversión, directamente o a través de otras sociedades o fondos de inversión de cualquier tipo, en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, en Chile o en el extranjero, como asimismo la explotación y administración de estos, ya sean propios o ajenos, por cuenta propia o por cuenta ajena. b) La compra, venta, arrendamiento y subarrendamiento de toda clase de bienes raíces, sea urbanos o rurales, amoblados o no; el loteo y subdivisión de los mismos; y, la ejecución de proyectos inmobiliarios, así como la compra, venta, arrendamiento y subarrendamiento de los bienes muebles que sean necesarios para su acondicionamiento, equipamiento y guarnición. c) La ejecución de actos de intermediación remunerada entre contratantes para facilitar la conclusión de operaciones sobre toda clase de productos, bienes muebles e inmuebles, establecimientos comerciales o industriales, tales como compraventas, permutas, arrendamientos, tasaciones, pudiendo administrar inmuebles ajenos y, en general, ejecutar cualquier otro acto o contrato vinculado directa o indirectamente con el corretaje de bienes. d) La explotación de negocios gastronómicos, de alimentos en general y afines, por cuenta propia o de terceros, pudiendo adquirir franquicias, instalar o administrar restaurantes, diurnos o nocturnos, cafeterías, casinos y bares, máquinas dispensadoras, etcétera, para lo cual podrá ejecutar toda clase de operaciones de carácter civil o comercial y los giros similares o complementarios que se relacionen con su objeto. e) La fabricación, producción, elaboración, conservación, industrialización, importación, exportación, distribución y comercialización en general, al por mayor o al detalle, sea por cuenta propia o de terceros, de toda clase de productos, artículos, objetos y muebles, en especial, comestibles y bebidas, alcohólicas o no alcohólicas, productos alimenticios y elementos necesarios para su producción y comercialización. f) La asesoría y prestación de servicios profesionales en materias financieras; comerciales y de comercialización de toda clase de bienes, en mercados internos y externos; de organización, gestión y/o administración de empresas; y, de reestructuración de deuda y financiamiento, tanto a personas nacionales como extranjeras. g) La prestación de servicios, asesorías, capacitaciones, cursos presenciales y en línea de materias de salud, alimentación y nutrición, ya sea a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas. h) La explotación, producción y administración de predios agrícolas y ganaderos en todas sus fases y formas, sean propios o de terceros; y, la comercialización de los productos de dichos bienes en el mercado interno o externo. E, i) la compra, venta y el arrendamiento de maquinaria agrícola y ganadera, tractores, excavadoras, retroexcavadoras y otros similares. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá participar en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria en éstas últimas; y, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. CAPITAL Y ACCIONES: $4.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal. Capital íntegramente suscrito y por pagar, en dinero efectivo, dentro del plazo de 3 meses contado desde la fecha de escritura extractada. ADMINISTRACIÓN: Corresponderá indistintamente a Sebastián Massú Contreras y Marie Rebecca Bernard De Vos De Cuyper. Facultades y limitaciones en escritura extractada. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de noviembre de 2022.