MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA E INVERSIONES EL MANZANO MP SpA

RUT 76981975-4 CVE 2228052
Capital
$1.693.749.306 CLP
Fecha instrumento
7 de noviembre de 2022
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de noviembre de 2022
Notario
MARCELA MEDINA RICCI
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.693.749.306 CLP
Domicilio
Curicó, Séptima Región
Duración
La duración de la sociedad será de 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración expresa hecha por escritura pública, inscrita en el Registro de Comercio y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el mismo registro, todo ello con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo primitivo pactado o de cualquiera de sus prórrogas

Objeto social

El objeto de la sociedad es: a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales, tanto en Chile como en el extranjero; b) la adquisición de acciones, derechos, cuotas o participaciones en toda clase de empresas, sociedades y)o fondos de inversiones, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; c) la administración de estas inversiones y percibir sus frutos; y d) el desarrollo y)o participación en toda clase de negocios, proyectos, empresas y concurrir a la formación de sociedades de cualquier naturaleza e incorporarse a sociedades ya existentes

Administración

La administración de la Sociedad, su representación y el uso de la razón social será ejercida a través de doña MARCELA INÉS PUERTAS ESTEBAN, quien, actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, descritas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón, y oficio en Avenida Santa Rosa N° 7.955, certifica: por escritura pública de fecha 7 de noviembre de 2022, ante mí, doña Marcela Inés Puertas Esteban, doña Marcela del Pilar del Valle Puertas, doña María Ignacia del Valle Puertas, doña María Pía del Valle Puertas, doña Paula del Valle Puertas y doña Manuela del Valle Puertas; todas domiciliadas para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy 9.070, oficina 1.501, comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, únicos accionistas, según el libro de accionistas que tuve a la vista, de INMOBILIARIA E INVERSIONES EL MANZANO MP SpA, sociedad inscrita a a fojas 66 número 42, del Registro de Comercio de Curicó correspondiente al año 2019, celebraron transformación de sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES EL MANZANO MP SpA a INMOBILIARIA E INVERSIONES EL MANZANO MP LIMITADA, y acordaron: Transformación: accionistas acuerdan transformar, con efecto a partir de fecha escritura extractada, la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, que se regirá por los siguientes estatutos extractados: Razón Social: INMOBILIARIA E INVERSIONES EL MANZANO MP LIMITADA, la que podrá usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “EL MANZANO MP LTDA.” Domicilio: Curicó, Séptima Región, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que la sociedad decida establecer en otros lugares del territorio nacional o en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de 10 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración expresa hecha por escritura pública, inscrita en el Registro de Comercio y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el mismo registro, todo ello con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo primitivo pactado o de cualquiera de sus prórrogas. Objeto: El objeto de la sociedad es: a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean estos corporales o incorporales, tanto en Chile como en el extranjero; b) la adquisición de acciones, derechos, cuotas o participaciones en toda clase de empresas, sociedades y/o fondos de inversiones, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; c) la administración de estas inversiones y percibir sus frutos; y d) el desarrollo y/o participación en toda clase de negocios, proyectos, empresas y concurrir a la formación de sociedades de cualquier naturaleza e incorporarse a sociedades ya existentes. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.693.749.306, que los socios aportan en las proporciones siguientes y que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad la fecha de la escritura extractada: a) doña Marcela Inés Puertas Esteban, con $1.693.579.931, equivalentes al 99,99% de los derechos sociales; b) doña Marcela del Pilar del Valle Puertas, con $33.875, equivalentes al 0,002% de los derechos sociales; c) doña Manuela del Valle Puertas, con $33.875 equivalentes al 0,002% de los derechos sociales; d) doña María Ignacia del Valle Puertas, con $33.875, equivalentes al 0,002% de los derechos sociales; e) doña María Pía del Valle Puertas, con $33.875, equivalentes al 0,002% de los derechos sociales; y f) doña Paula del Valle Puertas, con $33.875, equivalentes al 0,002% de los derechos sociales. La responsabilidad personal de cada socio queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración de la Sociedad, su representación y el uso de la razón social será ejercida a través de doña MARCELA INÉS PUERTAS ESTEBAN, quien, actuando individualmente y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, descritas en la escritura extractada. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Stgo. 7 de noviembre de 2022. M. Medina R. Notario Público.