INMOBILIARIA E INVERSIONES ABYCA SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de noviembre de 2022
- Notario
- Wladimir Alejandro Schramm López
- Oficio
- 49 Notaría
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será el siguiente: La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures planes de ahorros, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústico o urbanos; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; Formar partes en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas ; La compraventa, importación y exportación, distribución, consignación, representación intermediación en cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con relación a lo anterior que los socios acuerden
Administración
ALFREDO ALEJANDRO ABARCA JULIO, con amplias facultades indicadas en escritura
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ALFREDO ALEJANDRO ABARCA JULIO | socio | 11225470-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWladimir Alejandro Schramm López, Notario Público Titular de la 49 Notaría, ubicada en Amunátegui 73, comuna y ciudad de Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 17 de noviembre de 2022, comparece: ALFREDO ALEJANDRO ABARCA JULIO, RUT 11.225.470-6, domiciliado para estos efectos en calle Santa Lucía 232, oficina 41, Comuna de Santiago, Región METROPOLITANA. El compareciente viene en constituir una sociedad por acciones de acuerdo al párrafo ocho Título VII del libro II del Código de Comercio, artículos cuatrocientos veinticuatro a cuatrocientos cuarenta y seis del mismo cuerpo legal, que se regirá por los estatutos y supletoriamente por lo dispuesto en las leyes vigentes, especialmente la Ley dieciocho mil cuarenta y seis y su reglamento. NOMBRE: El nombre o razón social de la sociedad será "INMOBILIARIA E INVERSIONES ABYCA SpA". OBJETO: El objeto de la sociedad será el siguiente: La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures planes de ahorros, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean civiles o comerciales, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústico o urbanos; explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; Formar partes en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas ; La compraventa, importación y exportación, distribución, consignación, representación intermediación en cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con relación a lo anterior que los socios acuerden. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $30.000.000, dividido en 3.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. Este capital es aportado de la siguiente manera, accionista ALFREDO ALEJANDRO ABARCA JULIO, aporta $30.000.000 que suscribe y paga en el acto de la siguiente manera, con aporte con: con departamento número novecientos uno del noveno piso y bodega número ciento treinta y siete del primer subterráneo, ambos del Condominio denominado Edificio Mirador Parque García de la Huerta, con acceso principal por calle O´Higgins número novecientos veintiséis, de la comuna de San Bernardo, asimismo es dueño de derechos proporcionales en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno en que se construyó el Condominio, que deslinda: NORTE, en tramo uno con calle Padre Hurtado, en tramo dos con sitio cinco, en tramo tres con calle Pasaje Dos, y en tramo cuatro con sitio cuatro; AL SUR, con calle Bernardo O´Higgins; AL PONIENTE, en tramo uno con calle Pasaje Uno, en tramo dos con lote cuatro y en parte con calle Pasaje Dos, y en tramo tres con sitio cuatro; y AL ORIENTE, en tramo uno con sitios uno, dos , seis y cinco, y en tramo dos con calle América. Adquirió estos inmuebles y derechos por compra que hizo a INMOBILIARIA SAN FERNANDO X S.A., según escritura otorgada con fecha veintisiete de Diciembre del año dos mil diecinueve, en la Notaria de Santiago, de doña María Soledad Lascar Merino, repertorio número ochenta y seis mil treinta y cinco.- El título vigente rola a fojas mil noventa y nueve vuelta número mil quinientos ochenta y tres del Registro de Propiedad del año dos mil veinte del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo.- Roles de avalúo tres mil ciento veintitrés guión ciento dieciocho (departamento) y tres mil ciento veintitres guión trescientos veintiséis (bodega), comuna de San Bernardo.-, enterando así el cien por ciento del capital social, que se desglosa de la siguiente manera: uno.- dos mil novecientas acciones corresponden al aporte del departamento descrito en esta cláusula, cuyo aporte en pesos se avalúa en veintinueve millones de pesos y dos.- mil acciones, que corresponden al aporte de bodega señalado en la presente clausula, cuyo aporte se avalúa en pesos en un millón de pesos, enterando así el cien por ciento del capital social. Duración: La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá duración indefinida, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social. Administración: ALFREDO ALEJANDRO ABARCA JULIO, con amplias facultades indicadas en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 28 de noviembre de 2022.-