Comercializadora Grupo Neuquen Limitada
Instrumento
- Fecha
- 24 de octubre de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $400.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con domicilio en Miraflores N°178, quinto piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana certifico: Que por escritura pública de fecha 24/10/2022, ante mi: don IGNACIO JOSE MIRANDA GONZALEZ, don RODRIGO IGNACIO ANDRADE HERRERA, por sí y en representación de INVERSIONES RAEJ LIMITADA y don ANDRES ALCALDE LAGOS, todos domiciliados para estos efectos en Avenida El Bosque número 92, oficina número 101, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; acordaron modificación de COMERCIALIZADORA GRUPO NEUQUEN LIMITADA, sociedad cuyo extracto está inscrito a fojas 36.245 número 25.006 del año 2010 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y publicado en el Diario Oficial de fecha 24 de julio del mismo año, en lo siguiente; se modifican los socios que integran la sociedad, en virtud de una cesión de derechos de parte de don Ignacio José Miranda Gonzalez, quien cedió, vendió y transfirió la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad a Inversiones Raej Limitada; razón por la cual se modificaron los estatutos de la Sociedad en lo referente al pacto social: se reemplaza el artículo sexto del pacto social de la Sociedad por el siguiente; ARTICULO SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de $400.000, que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma a) INVERSIONES RAEJ LIMITADA aporta la suma de $133.320, que equivalen al 33,33% del capital social, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha; b) ANDRÉS ALCALDE LAGOS, aporta la suma de $133.320, que equivalen al 33,33% del capital social, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha; y, c) RODRIGO IGNACIO ANDRADE HERRERA, aporta la suma de $133.360, que equivalen al 33,34% del capital social, pagado íntegramente con anterioridad a esta fecha. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 28 de noviembre de 2022.