AKUO PMGD HOLDING SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de noviembre de 2022
- Repertorio
- 37429-2022
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| AKUO ENERGY CHILE SpA | socio | 77532081-8 | — | — | |
| ATLANTICA CHILE SpA | socio | 77792614-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, de la comuna de Santiago, certifica: que, por escritura pública de fecha 16 de noviembre de 2022, otorgada ante mí, bajo el repertorio N°37.429-2022, AKUO ENERGY CHILE SpA, Rol Único Tributario N°77.532.081-8 y ATLANTICA CHILE SpA, Rol Único Tributario N°77.792.614-6, en su calidad de únicos accionistas de la sociedad AKUO PMGD HOLDING SpA (la “Sociedad”), acordaron, entre otros: UNO. aumentar el capital de la Sociedad de la suma de 1.961 dólares de los Estados Unidos de América (“Dólares”), dividido en 1.961 acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, a la suma de 8.908.614 Dólares, dividido en 8.908.614 acciones ordinarias, de una misma serie, y sin valor nominal, mediante la emisión de 8.906.653 acciones de pago, nominativas, ordinarias, de una misma serie, y sin valor nominal, representativas de 8.906.653 Dólares, las que fueron íntegramente suscritas y pagadas parcialmente, según el siguiente detalle: i) AKUO ENERGY CHILE SpA suscribió y pagó íntegramente, en el acto, 4.542.393 acciones nominativas, ordinarias, de una serie, y sin valor nominal; y ii) ATLANTICA CHILE SpA suscribió íntegramente 4.364.260 acciones nominativas, ordinarias, de una serie, y sin valor nominal, de las cuales pagó, en el acto, 3.150.207 acciones, quedando pendientes de pago 1.214.053, que deberá pagar en un plazo de tres años contados desde la fecha de la escritura extractada; DOS) Modificar el artículo quinto y primero transitorio de los estatutos de la Sociedad reemplazándolos por los siguientes: a) “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la suma de ocho millones novecientos ocho mil seiscientos catorce dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, dividido en ocho millones novecientas ocho mil seiscientas catorce acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma señalada en el artículo primero transitorio de estos estatutos.”; y b) “Artículo Primero Transitorio: El capital social asciende a ocho millones novecientos ocho mil seiscientos catorce dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, dividido en ocho millones novecientas ocho mil seiscientas catorce acciones ordinarias, de una misma serie, nominativas y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente manera: /a/ La sociedad AKUO ENERGY CHILE SpA suscribió y pagó con anterioridad a esta fecha mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal equivalentes a mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica; /b/ La sociedad AKUO ENERGY CHILE SpA suscribe y paga en este acto la cantidad cuatro millones quinientas cuarenta y dos mil trescientas noventa y tres acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal equivalentes a cuatro millones quinientos cuarenta y dos mil trescientos noventa y tres dólares de los Estados Unidos de Norteamérica; c) La sociedad ATLANTICA CHILE SpA suscribió y pagó con anterioridad a esta fecha novecientas sesenta y un acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes a mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica; y d) La sociedad ATLANTICA CHILE SpA suscribe en este acto la cantidad de cuatro millones trescientas sesenta y cuatro mil doscientos sesenta acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes a cuatro millones trescientos sesenta y cuatro mil doscientos sesenta dólares de los Estados Unidos de Norteamérica; de las cuales paga en este acto la cantidad de tres millones ciento cincuenta mil doscientas siete acciones; y el saldo, correspondiente a un millón doscientos catorce mil cincuenta y tres acciones, lo pagará en un plazo de tres años contados desde la fecha del presente instrumento”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de noviembre de 2022.