MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA DON PEPE LIMITADA

RUT 77930380-2 CVE 2227945
Capital
$90.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de octubre de 2022
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de octubre de 2022
Repertorio
1431
Notario
MARÍA LIDIA DÍAZ DÍAZ
Domicilio
las comunas de Río Bueno y Lago Ranco

Sociedad

Capital
$90.000.000 CLP
Duración
5 años, contados desde la fecha de la escritura pública que se extracta, renovables tácita y sucesivamente en la forma prevista en repactación.- La sociedad que se repactó es sucesora legal de la repactada, siendo la misma persona jurídica, en consecuencia, se hace solidariamente responsable de las obligaciones tributarias de la sociedad repactada

Objeto social

El giro u objeto social será la comercialización, adquisición, reexpedición, compra, venta, exportación, importación, permuta, arrendamiento, comisión, consignación, distribución, representación y elaboración de toda clase de bienes, maquinarias, productos manufacturados, productos tecnológicos, insumos y mercaderías en general, de cualquier clase y naturaleza, sean de procedencia nacional o extranjera, agrícola o no agrícola, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en tiendas, almacenes y otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros; la representación de empresas nacionales o extranjeras y la contratación con ellas de franquicias, concesiones, licencias de marca, asistencia técnica y otros acuerdos comerciales; además, podrán actuar como usuarios de los Sistemas de Zonas Francas y)o regímenes de excepción aduanero, sean éstas que se encuentren dentro del país o en el extranjero. En general, la sociedad podrá realizar la actividad comercial y agrícola en sus más amplias y variadas formas o modalidades

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
AGRICOLA DON PEPE LIMITADA socio 77930380-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA LIDIA DÍAZ DÍAZ, Notario Público Titular de las comunas de Río Bueno y Lago Ranco, con oficio en Río Bueno, calle Ejército Libertador Nº1.059, certifico: por escritura pública de fecha 17 de octubre de 2022, Repertorio Nº1.431, complementada por otra de fecha 23 de noviembre de 2022, Repertorio Nº1.616, ambas ante mí, doña PATRICIA VERÓNICA AVILÉS OSMAN, con domicilio en Valdivia, Condominio Torobayo, calle Los Silos Nº151; doña MARÍA ELENA AVILÉS OSMAN, con domicilio en Río Bueno, calle Comercio Nº672; y don BRUNO EMARDO SOMMER OSMAN, con domicilio en Río Bueno, calle Patricio Lynch Nº1.402, modificaron AGRICOLA DON PEPE LIMITADA, RUT Nº 77.930.380-2, constituida por escritura pública de fecha 07 de marzo del año 2003, otorgada ante doña Ana María Robert Boettcher, Notario Público de La Unión, Suplente del Interino don Boris Alejandro Osnovikoff Romero, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 16 de abril del año 2003, e inscrito a fojas 17, bajo el número 13, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de La Unión, correspondiente al año 2003. Dicha sociedad fue objeto de las siguientes modificaciones: a) Por escritura pública de fecha 15 de octubre del año 2004, otorgada en esta Notaría, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 27 de octubre del año 2004, e inscrito a fojas 54, bajo el número 39, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de La Unión, correspondiente al año 2004; b) Por escritura pública de fecha 14 de octubre del año 2009, otorgada en esta Notaría, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 29 de octubre del año 2009, e inscrito a fojas 68, bajo el número 53, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de La Unión, correspondiente al año 2009; c) Por escritura pública de fecha 16 de octubre del año 2014, otorgada en esta Notaría, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 23 de octubre del año 2014, e inscrito a fojas 86, bajo el número 52, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de La Unión, correspondiente al año 2014; d) Por escritura pública de fecha 03 de febrero del año 2016, otorgada en esta Notaría, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 26 de febrero del año 2016, e inscrito a fojas 6, bajo el número 5, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de La Unión, correspondiente al año 2016; y, e) Por escritura pública de fecha 13 de enero del año 2020, otorgada en esta Notaría, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial con fecha 24 de enero del año 2020, e inscrito a fojas 12, bajo el número 6, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de La Unión, correspondiente al año 2020. Modificaciones consisten: 1) Entre doña Patricia Verónica Avilés Osmán, por una parte, y doña María Elena Avilés Osman y don Bruno Emardo Sommer Osman, por la otra, se rescilió y dejó sin efecto contrato de cesión de derechos sociales, otorgado en esta Notaría, por escritura pública de fecha 13 de enero del año 2020, en consecuencia, doña Patricia Verónica Avilés Osman readquirió el 3,34% de los derechos sociales en AGRICOLA DON PEPE LIMITADA, procediendo las partes a las respectivas prestaciones mutuas indicadas en la escritura extractada. 2) Con ocasión de la resciliación, doña Patricia Verónica Avilés Osmán quedó dueña del 33,34% de derechos sociales; doña María Elena Avilés Osman quedó dueña del 33,33% de derechos sociales; y don Bruno Emardo Sommer Osman quedó dueño del 33,33% de derechos sociales. 3) Se modifica cláusula relativa a administración y representación legal, acordándose que la administración, representación legal y uso de la razón social de AGRICOLA DON PEPE LIMITADA corresponderá conjuntamente a todos los socios. En lo no modificado rige pacto social y sus diversas modificaciones.- REPACTACIÓN: Mediante escritura pública de fecha 17 de octubre del año 2022, complementada por otra de fecha 23 de noviembre del año 2022, ambas otorgadas en esta Notaría, doña PATRICIA VERÓNICA AVILÉS OSMAN, con domicilio en Valdivia, Condominio Torobayo, calle Los Silos Nº151; doña MARÍA ELENA AVILÉS OSMAN, con domicilio en Río Bueno, calle Comercio Nº672; y don BRUNO EMARDO SOMMER OSMAN, con domicilio en Río Bueno, calle Patricio Lynch Nº1.402, repactaron la sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada AGRICOLA DON PEPE LIMITADA, RUT Nº 77.930.380-2, fijando el texto exclusivo, definitivo y refundido. Razón Social: AGRICOLA DON PEPE LIMITADA, nombre de fantasía AGRICOLA DON PEPE LTDA. Objeto: El giro u objeto social será la comercialización, adquisición, reexpedición, compra, venta, exportación, importación, permuta, arrendamiento, comisión, consignación, distribución, representación y elaboración de toda clase de bienes, maquinarias, productos manufacturados, productos tecnológicos, insumos y mercaderías en general, de cualquier clase y naturaleza, sean de procedencia nacional o extranjera, agrícola o no agrícola, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle, y en este último caso, en tiendas, almacenes y otros establecimientos similares de la sociedad o de terceros; la representación de empresas nacionales o extranjeras y la contratación con ellas de franquicias, concesiones, licencias de marca, asistencia técnica y otros acuerdos comerciales; además, podrán actuar como usuarios de los Sistemas de Zonas Francas y/o regímenes de excepción aduanero, sean éstas que se encuentren dentro del país o en el extranjero. En general, la sociedad podrá realizar la actividad comercial y agrícola en sus más amplias y variadas formas o modalidades.- Capital: $90.000.000.- aportados: a) Patricia Verónica Avilés Osman, la suma de $30.006.000, que se encuentra totalmente enterada de acuerdo a la forma indicada en la escritura de constitución de sociedad y sus diversas modificaciones; b) María Elena Avilés Osman, la suma de $29.997.000, que se encuentra totalmente enterada de acuerdo a la forma indicada en la escritura de constitución de sociedad y sus diversas modificaciones; y, c) Bruno Emardo Sommer Osman, la suma de $29.997.000, que se encuentra totalmente enterada de acuerdo a la forma indicada en la escritura de constitución de sociedad y sus diversas modificaciones. Responsabilidad de socios se limitó al monto de sus aportes.- Administración, representación y uso de razón social: Corresponderá conjuntamente a los socios Patricia Verónica Avilés Osman, María Elena Avilés Osman y Bruno Emardo Sommer Osman. Duración: 5 años, contados desde la fecha de la escritura pública que se extracta, renovables tácita y sucesivamente en la forma prevista en repactación.- La sociedad que se repactó es sucesora legal de la repactada, siendo la misma persona jurídica, en consecuencia, se hace solidariamente responsable de las obligaciones tributarias de la sociedad repactada. Demás estipulaciones, acuerdos y pactos constan en escritura extractada.- Río Bueno, 30 de Noviembre de 2022.-