CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE PROFESIONALES HANS R. DUARTE FERNÁNDEZ y ANA C. DUARTE AVILÉS - ABOGADOS ASOCIADOS LIMITADA

RUT 6960366-1 CVE 2226780
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de noviembre de 2022
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de noviembre de 2022
Repertorio
3779
Notario
RODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA
Domicilio
esta Comuna

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
ciudad y comuna de ARICA; Región de Arica y Parinacota
Duración
10 años renovables a contar de la fecha de la presente escritura
Ley aplicable
Ley 18.120

Objeto social

La Sociedad tendrá por único objeto, el de desarrollar las siguientes actividades: Desarrollar y ejecutar servicios de asesorías jurídicas; a persona naturales o jurídicas de derecho público o de derecho privado; de cualquier clase o naturaleza; a sociedades civiles o comerciales; a entidades públicas o privadas; a comunidades; a cualquier tipo de entidad habilitada conforme a derecho; elaborar informes o evacuar consultas; pudiendo actuar como abogados patrocinantes o apoderados o asesores en cualquier clase procesos judiciales ordinarios, extraordinarios o administrativos, en cualquiera instancia; ante cualquier tribunal de la República de Chile, ordinarios o especiales; judiciales o administrativos; en sede civil; penal; laboral; Juzgados de Policía Local; tribunales especiales de cualquier naturaleza; en sede administrativa de cualquier clase o naturaleza, ante cualquier servicio público, municipal; ante procesos administrativos de entidades autónomas del Estado; en general entidades fiscales o semifiscales, o de cualquier naturaleza; arbitrajes; asesorías a personas naturales o jurídicas, asociaciones de personas, comunidades o sociedades de cualquier clase o naturaleza, pudiendo participar en concursos y proyectos o asesorías actuando incluso en consultorías relacionadas únicamente con la materia del objeto del giro social y desarrollar cualquiera otra relacionada directa o indirectamente en la actualidad o en el futuro con el ejercicio de la profesión de abogado en los términos del Título XV del Código Orgánico de Tribunales, artículos 520 a 529 ambos inclusive del referido cuerpo legal; Ley 18.120 sobre normas de comparecencia en juicio y demás normas especiales presentes o futuras que rijan la materia

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá al socio Sr. HANS R. DUARTE FERNÁNDEZ, quien actuando individualmente por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, podrá actuar con todas y cada una de las facultades señaladas en el artículo octavo de la escritura constituida

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO FERNANDO LAZCANO ARRIAGADA, Abogado, Notario Público Titular de esta Comuna, con oficio Arica, Bolognesi 360, Certifico: por escritura 28 de noviembre de 2022, Repertorio 3.779, ante mí, don HANS REINER DUARTE FERNÁNDEZ, chileno, casado, Abogado, C.I. Nº 6.960.366-1, Arturo Prat Nº 391, Oficina 71, Arica y doña ANA CRISTINA DUARTE AVILÉS, chilena, soltera, Abogada, C.I. Nº 18.240.216-8, Pasaje Tongoy Nº 2257, Arica, vienen en constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada. NOMBRE O RAZON SOCIAL: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES HANS R. DUARTE FERNÁNDEZ y ANA C. DUARTE AVILÉS - ABOGADOS ASOCIADOS LIMITADA”, pudiendo funcionar y actuar, inclusive con el nombre de fantasía de: “DUARTE & DUARTE - ABOGADOS ASOCIADOS LTDA.” OBJETO: La Sociedad tendrá por único objeto, el de desarrollar las siguientes actividades: Desarrollar y ejecutar servicios de asesorías jurídicas; a persona naturales o jurídicas de derecho público o de derecho privado; de cualquier clase o naturaleza; a sociedades civiles o comerciales; a entidades públicas o privadas; a comunidades; a cualquier tipo de entidad habilitada conforme a derecho; elaborar informes o evacuar consultas; pudiendo actuar como abogados patrocinantes o apoderados o asesores en cualquier clase procesos judiciales ordinarios, extraordinarios o administrativos, en cualquiera instancia; ante cualquier tribunal de la República de Chile, ordinarios o especiales; judiciales o administrativos; en sede civil; penal; laboral; Juzgados de Policía Local; tribunales especiales de cualquier naturaleza; en sede administrativa de cualquier clase o naturaleza, ante cualquier servicio público, municipal; ante procesos administrativos de entidades autónomas del Estado; en general entidades fiscales o semifiscales, o de cualquier naturaleza; arbitrajes; asesorías a personas naturales o jurídicas, asociaciones de personas, comunidades o sociedades de cualquier clase o naturaleza, pudiendo participar en concursos y proyectos o asesorías actuando incluso en consultorías relacionadas únicamente con la materia del objeto del giro social y desarrollar cualquiera otra relacionada directa o indirectamente en la actualidad o en el futuro con el ejercicio de la profesión de abogado en los términos del Título XV del Código Orgánico de Tribunales, artículos 520 a 529 ambos inclusive del referido cuerpo legal; Ley 18.120 sobre normas de comparecencia en juicio y demás normas especiales presentes o futuras que rijan la materia. DOMICILIO: ciudad y comuna de ARICA; Región de Arica y Parinacota, sin perjuicio de que pueda establecer agencias u oficinas en el resto del país. DURACIÓN: 10 años renovables a contar de la fecha de la presente escritura. CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de CL$5.000.000.- que ha sido completamente enterado, aportado y pagado en las proporciones y de la forma siguiente: A) Don HANS REINER DUARTE FERNÁNDEZ, entera y paga el equivalente al 80% del capital social, mediante el aporte de CL$4.000.000.- de pesos al haber social en efectivo en este acto; B) Doña ANA CRISTINA DUARTE AVILÉS, se obliga a enterar el equivalente al 20% del capital social, mediante el aporte de CL$1.000.000.- que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto. DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá al socio Sr. HANS R. DUARTE FERNÁNDEZ, quien actuando individualmente por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, podrá actuar con todas y cada una de las facultades señaladas en el artículo octavo de la escritura constituida. Otras estipulaciones en escritura extractada. Arica, 29 de noviembre de 2022.-