MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CARRASCO Y SEGOVIA ABOGADOS SpA

RUT 77280980-8 CVE 2226747
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
17 de noviembre de 2022
Notaría
Iquique

Instrumento

Fecha
17 de noviembre de 2022
Repertorio
2742
Notario
DARIO CHACON VICENTELO
Oficio
5ª Notaría de Iquique
Comuna
Iquique

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Iquique

Objeto social

El objeto de la sociedad será: la prestación de servicios de asesoría jurídica, defensa judicial y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogados. La Sociedad podrá desarrollar, total y parcialmente, las actividades que integran su objeto social, de modo directo, por sí misma o de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones, participaciones o cualesquiera otros derechos o intereses en sociedades u otro tipo de entidades, con o sin personalidad jurídica

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DARIO CHACON VICENTELO, Notario Público Titular de la 5ª Notaría de Iquique, con domicilio en calle Baquedano 702, Iquique, certifica que: ante mí, con fecha 16 de noviembre de 2022, se celebró la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad CARRASCO Y SEGOVIA ABOGADOS SpA, reducida a escritura pública con fecha 17 de noviembre de 2022, bajo el Repertorio N° 2742, por la cual sus accionistas: Mauricio Heriberto Carrasco Cartes y Sergio Antonio Segovia Inostroza quienes acordaron: (1) Transformar la sociedad “CARRASCO Y SEGOVIA ABOGADOS SpA”, en una sociedad de responsabilidad limitada, en conformidad a las prescripciones de la ley número 3.918 de fecha 14 de marzo de 1923 y sus modificaciones, y disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio, 2) Declarar que “CARRASCO Y SEGOVIA ABOGADOS SpA” es la misma persona jurídica que “CARRASCO Y SEGOVIA ABOGADOS LIMITADA”, habiéndose solo cambiado su estructura jurídica, y en consecuencia, es propietaria y titular de todos sus bienes y derechos, y responsable de todas sus deudas y obligaciones. 3) La sociedad de responsabilidad Limitada tendrá como socios a todos los accionistas de la sociedad por acciones, esto es: MAURICIO HERIBERTO CARRASCO CARTES, y SERGIO ANTONIO SEGOVIA INOSTROZA. 4) Aprobar y aceptar de forma unánime el estatuto social de la sociedad en los siguientes términos: Razón social: “CARRASCO Y SEGOVIA ABOGADOS LIMITADA”, RUT N° 77.280.980-8. Objeto: El objeto de la sociedad será: la prestación de servicios de asesoría jurídica, defensa judicial y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogados. La Sociedad podrá desarrollar, total y parcialmente, las actividades que integran su objeto social, de modo directo, por sí misma o de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones, participaciones o cualesquiera otros derechos o intereses en sociedades u otro tipo de entidades, con o sin personalidad jurídica. Capital: $1.000.000 aportados por cada uno de los socios en la siguiente proporción: don SERGIO ANTONIO SEGOVIA INOSTROZA, aporta el monto de $500.000 equivalentes al 50 % del capital social, los que fueron enteraron al contado y en dinero en efectivo con anterioridad a la celebración del presente instrumento y don MAURICIO HERIBERTO CARRASCO CARTES, aporta el monto de $500.000 equivalentes al 50 % del capital social, los que fueron enteraron al contado y en dinero en efectivo con anterioridad a la celebración del presente instrumento. Duración de la sociedad: La duración de la sociedad será indefinida. Domicilio: Ciudad de Iquique. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Iquique, a 17 de noviembre de 2022. Doy Fe.-