AUTOMOTORA CDR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de noviembre de 2022
- Notario
- ERNESTO MONTOYA PEREDO
- Oficio
- Tercera Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $40.000.000 CLP
- Ley aplicable
- ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalERNESTO MONTOYA PEREDO, Abogado, Notario Público Titular Tercera Notaría de Rancagua, con oficio calle Campos número trescientos setenta y siete, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, de fecha 17 de Noviembre de 2022, repertorio número 5536-2022, JOSE MAXIMILIANO DEL REAL ALFARO, por si y en representación de INVERSIONES CDR S.A. ambos con domicilio en Freire 471, Rancagua; SEBASTIAN ANDRES DEL REAL MELERO, en representación de INVERSIONES VIA REAL S.A., ambos domiciliados en Carretera del Cobre Eduardo Frei Montalva, Kilómetro 10,3, Tierras Blancas, comuna de Machalí; ALEJANDRO BARTOLOME DEL REAL SANDOVAL; MACARENA ANDREA DEL REAL SANDOVAL; y JAVIERA DEL PILAR DEL REAL SANDOVAL, todos domiciliados en Freire 471, Rancagua, Por escritura pública de 29 de julio de 2022, ante don Ernesto Montoya Peredo, Notario titular de la Tercera Notaría de Rancagua, los comparecientes modificaron sociedad AUTOMOTORA CDR LIMITADA, de manera siguiente.- El socio INVERSIONES VIA REAL S.A., representada legalmente por don SEBASTIAN ANDRES DEL REAL MELERO, vendió, cedió y transfirió a INVERSIONES CDR S.A., representada legalmente por don JOSE MAXIMILIANO DEL REAL ALFARO quien compró y aceptó para su representada, el 10% de los derechos que la cedente tenía en AUTOMOTORA CDR LIMITADA y que equivalían al 3% del capital social. El precio de la cesión fue $40.000.000.- que se cancelaron en ese acto y al contado, declarando la cedente recibirlos a su entera satisfacción.- Atendido que el extracto de la modificación social de 29 de Julio de 2022 no fue inscrito dentro del término legal, los comparecientes de conformidad a lo dispuesto en la ley 19.499, sanean y rectifican la escritura de modificación acordada conforme a disposiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: El socio INVERSIONES VIA REAL S.A., representada legalmente por don SEBASTIAN ANDRES DEL REAL MELERO, vende, cede y transfiere a INVERSIONES CDR S.A., representada legalmente por don JOSE MAXIMILIANO DEL REAL ALFARO quien compra y acepta para su representada, el 10% de los derechos que la cedente tiene en AUTOMOTORA CDR LIMITADA y que equivalen al 3% del capital social. El precio de esta cesión es la suma de $40.000.000.- que se cancelan en ese acto y al contado, declarando la cedente recibirlos a su entera satisfacción- CLAUSULA SEGUNDA: En conformidad a lo expresado en las cláusulas anteriores, el capital social de AUTOMOTORA CDR LIMITADA, de $673.073.697.- y los socios y su proporción en el interés social quedará de la siguiente manera: a) El socio INVERSIONES CDR S.A. con el 32,59% del capital social; b) El socio INVERSIONES VIA REAL S.A. con el 27,0% del capital social; c) el socio José Maximiliano Del Real Alfaro, con el 17,31 % del capital social; d) el socio Alejandro Bartolomé Del Real Sandoval con el 11,54% del capital social; e) la socia Macarena Andrea Del Real Sandoval, con el 5,78% del capital social; y f) la socia Javiera Del Pilar Del Real Sandoval, con el 5,78 % del capital social. CLAUSULA TERCERA: En lo no saneado y modificado expresamente en este instrumento y las demás estipulaciones tanto de la escritura de constitución como de las modificaciones y rectificaciones posteriores, permanecerán vigentes en todo lo que no se opongan con lo expresado en la presente escritura. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Rancagua, 23 de Noviembre de 2022.