CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Sociedad e-Action-Mobility Solutions SpA

RUT 12939434-K CVE 2226357
Capital
$10.000.000 CLP
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Notario
Maria Patricia Donoso Gomien
Oficio
27 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad y comuna de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

- a) prestar toda clase de servicios, estudios, asesorías, consultorías, cursos, elaboración y gestión de proyectos profesionales relacionados con el área de la Electromovilidad, en el área de productos tecnológicos para la medicina preventiva y curativa, ingeniería y construcción de proyectos relacionados con uso de energías renovables, sustentabilidad y electricidad, sea en el ámbito público o privado, como también toda otra actividad relacionada; b) lobby, o promoción, defensa o representación de cualquier interés particular, para influir en las decisiones de carácter público, incluyendo cambios en las políticas, planes o programas, en discusión o desarrollo, o sobre cualquier medida implementada o materia que deba ser resuelta por un funcionario público, autoridades u organismos públicos correspondientes, o bien para evitar tales decisiones, cambios o medidas, en relación con materias propias del giro social; c) la exportación, importación, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción, transporte, servicio técnico y distribución de todo tipo de bienes y)o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria; d) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; e) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles; comunidades o asociaciones y, en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso constituir, fusionar o dividir sociedades e incorporarse a ellas, prestar asesoría técnica y servicios relativos al objeto; f) el ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas; y g) cualquier otro acto o negocio que acordaren los

Administración

- La sociedad será administrada por su gerente general designado en los estatutos.- El Gerente General podrá ser remunerado por sus funciones, y la cuantía de su remuneración será fijada por la junta de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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Maria Patricia Donoso Gomien, Notario Público Titular, 27 Notaría Santiago, Orrego Luco 0153, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 03 de Noviembre del 2022, ante mi, don SERGIO ALEJANDRO OLIVARES CODOCEO, chileno, ingeniero civil industrial, RUT 12.939.434-K, domicilio en Camino San José s, Condominio Los Treiles, parcela doce, comuna de Colina, constituyeron una Sociedad por Acciones. Nombre o Razón Social: SOCIEDAD e-Action-Mobility Solutions SPA. Objeto Social.- a) prestar toda clase de servicios, estudios, asesorías, consultorías, cursos, elaboración y gestión de proyectos profesionales relacionados con el área de la Electromovilidad, en el área de productos tecnológicos para la medicina preventiva y curativa, ingeniería y construcción de proyectos relacionados con uso de energías renovables, sustentabilidad y electricidad, sea en el ámbito público o privado, como también toda otra actividad relacionada; b) lobby, o promoción, defensa o representación de cualquier interés particular, para influir en las decisiones de carácter público, incluyendo cambios en las políticas, planes o programas, en discusión o desarrollo, o sobre cualquier medida implementada o materia que deba ser resuelta por un funcionario público, autoridades u organismos públicos correspondientes, o bien para evitar tales decisiones, cambios o medidas, en relación con materias propias del giro social; c) la exportación, importación, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción, transporte, servicio técnico y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria; d) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; e) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles; comunidades o asociaciones y, en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos e incluso constituir, fusionar o dividir sociedades e incorporarse a ellas, prestar asesoría técnica y servicios relativos al objeto; f) el ejercicio de cualquiera otra actividad análoga, complementaria o conexa a las anteriormente señaladas; y g) cualquier otro acto o negocio que acordaren los accionistas.- El capital de la Sociedad será la cantidad de $10.000.000, representado en cien acciones nominativas, todas de una misma y única serie, ordinarias y sin valor nominal.- De la Administración.- La sociedad será administrada por su gerente general designado en los estatutos.- El Gerente General podrá ser remunerado por sus funciones, y la cuantía de su remuneración será fijada por la junta de accionistas.- El Gerente General podrá delegar por escritura pública parte de las facultades de administración de la Sociedad en terceros, y asimismo, podrá delegar poderes para objetos determinados especialmente.- El Gerente General de la sociedad estará premunido de todas las facultades propias de un factor de comercio, y en especial, de las que se señalan en los estatutos. - Por este acto, y con efecto a contar de la fecha de la presente escritura pública, el único y exclusivo accionista de la Sociedad, esto es, el constituyente, se auto nombra como Gerente General de la Sociedad, quien actuando individualmente y anteponiendo su firma al nombre de la mandante, podrá representar a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en los Estatutos, esto es, el Gerente General tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y también las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, y en particular; y sin que se entienda limitación alguna a las facultades y atribuciones amplias del Gerente General, ésta tendrá las facultades especiales indicadas en los estatutos sociales.-Domicilio.- El domicilio de la Sociedad es la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero.- Duración: La Sociedad comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida.- Demás estipulación en pacto social.- Santiago, 25 de Noviembre del 2022.