MARTINAZZO Y CIANCIO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de noviembre de 2022
- Repertorio
- 3863/2022
- Notario
- PABLO VALENZUELA PÉREZ
- Oficio
- Tercera Notaría de la ciudad de Punta Arenas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO VALENZUELA PÉREZ, abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de la ciudad de Punta Arenas, con oficio en Lautaro Navarro mil cuarenta y ocho, certifico: Por escritura pública de fecha 24/11/2022, repertorio No 3.863/2022, ante mí: Comparecen: EZIO MARTINAZZO, Documento Nacional de Identidad número treinta y ocho millones cuatrocientos siete mil ciento cincuenta y nueve, con domicilio en calle Leandro N. Alem número doscientos cincuenta y seis, de la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Argentina y don DINO ALFREDO CIANCIO, Documento Nacional de Identidad número treinta y cuatro millones seiscientos setenta y cuatro mil setecientos cuarenta y dos, con domicilio en calle Leandro N. Alem número cuatro mil setenta y dos, de la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Argentina, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada cuya razón social será: “MARTINAZZO Y CIANCIO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” o “SOCIEDAD COMERCIAL MARTINAZZO Y CIANCIO LTDA.” Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, entidades financieras, ante el Servicio de Impuestos Internos y ante toda clase de instituciones y organismos públicos, privados o mixtos, con el nombre de fantasía de “CIAMAR LTDA.” La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a doña Priscila Nadine Núñez García, Cédula Nacional de Identidad y Rol Único Tributario número veintisiete millones ciento setenta y ocho mil novecientos cuarenta y tres guion dos, quien actuará por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las facultades indicadas en el estatuto social. El capital social es la suma equivalente en pesos al día de hoy de diez mil dólares cantidad que los socios aportan y enteran en la siguiente proporción: UNO) EZIO MARTINAZZO la suma equivalente en pesos al día de hoy de cinco mil dólares equivalente al cincuenta por ciento del capital social, que se pagan y enteran en arcas sociales, en este acto, en dinero efectivo; DOS) DINO ALFREDO CIANCIO la suma equivalente en pesos al día de hoy de cinco mil dólares equivalente al cincuenta por ciento del capital social, que se pagan y enteran en arcas sociales, en este acto, en dinero efectivo. De esta manera el capital queda enterado y pagado en su totalidad. El Objeto de la sociedad será: desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) La fabricación, producción, industrialización, envasado, compraventa al mayor y/o por menor, importación, exportación y distribución de toda clase de panes, queques, galletas, sándwiches, pasteles, dulces, tortas, bombones, empanadas, y toda suerte de masas, dulces o saladas, helados, jugos de frutas y otros, bebidas alcohólicas y analcohólicas, té, café, yerba mate, infusiones, chocolate, alimentos fríos o calientes y toda clase de alimentos actuales o que existan en el futuro para las personas y todo lo relacionado de cualquier forma con lo anterior; b) Venta al por mayor y al por menor de cigarrillos, productos de tabaco, productos para quioscos, juegos de azar; ya sea para comercios especializados o no; c) La producción, elaboración, facción por terceros, envasado al por mayor y en tarros, paquetes u otros envases individuales, compraventa, importación y exportación de toda clase de alimentos de productos que sirven, en la actualidad o sirvan, en el futuro, para el consumo humano, especialmente frutas, verduras, gramíneas, farináceos, y productos industriales no naturales, productos cárneos, leche, queso, huevos, yogurt, quesillos y otros lácteos, productos líquidos, helados y otros productos de la tierra, del mar, lagos, ríos, mares o del aire, natural o industrial que sirva de alimento, incluyendo conservas, aceites y grasas, vinos, licores, bebidas de toda especie, en polvo, en jarabe, líquidos listos para consumir y toda la gama de panadería, pastelería y dulces; y cualquiera otra clase de alimentos relacionados con los anteriores; d) La compra y venta, importación y/o exportación, distribución de artículos electrónicos, de sus partes, piezas y repuestos; como asimismo de ropa y sus accesorios; e) La compra, venta, importación y/o exportación, arrendamiento, reparación de vehículos de toda clase o especie; como también de sus partes y repuestos; f) Compra, venta, despacho, distribución, importación y exportación, comercialización de todo tipo de bienes y elementos y servicios relacionados, directa o indirectamente, con los anteriores. La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de sociedad y tendrá una duración de diez años, plazo renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, dos meses antes del fin del respectivo período. Doy fe. Demás estipulaciones, escritura extractada. En Punta Arenas, a 25 de noviembre del año 2022.