MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LOS CINCO LIMITADA

RUT 76001743-4 CVE 2225662
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2022
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
Trigésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, Huérfanos N° 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2022, ante mí, José Ignacio Hurtado Vicuña, Martín Hurtado Menéndez, Diego Hurtado Menéndez, Isabel María Hurtado Menéndez, José Ignacio Hurtado Menéndez, Rodrigo Hurtado Menéndez, Inversiones Los Tineos Limitada, Inversiones Las Tepas Limitada, Inversiones El Laurel Limitada, Inversiones Los Lingues Limitada e Inversiones Los Ñirres Limitada, todos domiciliados para estos efectos en Santiago, Avenida El Bosque Sur N°130, piso 14, comuna de Las Condes, y únicos socios de INVERSIONES LOS CINCO LIMITADA, acordaron modificar la administración de la sociedad, en el sentido de quede radicada en un directorio, compuesto de 3 miembros, investido de todos los poderes de administración de la sociedad, señalados en la escritura extractada. 1. Elección: Los miembros del directorio serán designados por el socio José Ignacio Hurtado Vicuña, pudiendo ser director cualquiera de los socios, incluyendo el socio que designe a los directores. La designación de los directores se efectuará por escritura pública otorgada por el socio que lo designe, la cual deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio y producirá efectos respecto de terceros, una vez practicada la anotación marginal respectiva. Durante el período de tiempo en que (i) los socios no hayan designado a los directores o a sus reemplazantes, o (ii) si habiendo cesado el directorio en sus funciones por cualquier causa, no pudiere reunir quórum suficiente para adoptar acuerdos válidos y no se nombrare a sus reemplazantes, la administración y el uso de la razón social de la sociedad pasará de pleno derecho y automáticamente al socio José Ignacio Hurtado Vicuña, sin necesidad de acreditar ninguna de tales circunstancias a terceros. El directorio reasumirá de pleno derecho la administración y el uso de la razón social toda vez que esté constituido y en condiciones de reunir el quórum necesario para adoptar acuerdos válidos de conformidad a sus estatutos. 2. Integrantes: El primer directorio de la sociedad estará compuesto por José Ignacio Hurtado Vicuña, Martín Hurtado Menéndez y José Ignacio Hurtado Menéndez, designados por José Ignacio Hurtado Vicuña. Esta primera designación del directorio no es necesario anotarla al margen de la inscripción del extracto social, bastando para su oponibilidad a terceros la circunstancia de consignarse los nombres de los directores en el extracto social que se publique e inscriba. 3. Normas sobre requisitos para ser director, cesación en el cargo de los directores, adopción de acuerdos, constan en escritura que se extracta. Para lo anterior, los actuales y únicos socios sustituyeron la cláusula séptima de los estatutos sociales e incorporaron un artículo transitorio. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 23 de Noviembre de 2022.