Instrumento
- Fecha
- 21 de noviembre de 2022
- Repertorio
- 14097-2022
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO
- Oficio
- Titular de la Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será las inversiones, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago, VALERIA RONCHERA FLORES, con oficio en calle Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, segundo piso, comuna de Santiago, Región Metropolitana: Por escritura pública otorgada con fecha 21 de Noviembre de 2022, Repertorio N°14097-2022, ante mí, THOMAS PABLO FILIPEK CARVALLO y SOFIA ALEJANDRA ISA OSMAN, constituyeron Sociedad por Acciones. Razón Social: “INVERSIONES BJJ SpA” pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombre de fantasía de “BJJ SpA” Objeto: El objeto de la sociedad será las inversiones, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital: $1.000.000 divididos en 100 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, que se encuentra íntegramente suscrito y se pagará en moneda de curso legal dentro de plazo máximo de 3 años a contar de fecha escritura extractada, debidamente reajustado. Demás cláusulas constan escritura extractada. Santiago, 23 de Noviembre 2022.