DESARROLLOS ENERGÉTICOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de septiembre de 2022
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO
- Domicilio
- Titular Valeria Ronchera Flores
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.199.086 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años desde la escritura extractada y se entenderá prorrogada por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno si ninguno de los socios da aviso de su voluntad en contrario a la prórroga del
Objeto social
La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, pudiendo percibir sus frutos y rentas. No podrá, sin embargo, efectuar actividades que consisten en el comercio y distribución de bienes, ni en la prestación de ninguna clase de servicios
Administración
Corresponde al socio CHRISTIAN NICOLAS ASTE MEJIAS, con amplias facultades que constan en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO, Notario Público Suplente de la Titular Valeria Ronchera Flores, Agustinas 1235, segundo piso, certifico: Por escritura pública de fecha 30.09.2022, ante la titular Valeria Ronchera Flores, don CHRISTIAN NICOLAS ASTE MEJIAS, C.I. N° 10.823.135-1; doña SANDRA LORENA BAEZA GONZÁLEZ C.I. N° 9.925.391-6; y, doña FERNANDA LORENA ASTE BAEZA C.I. N° 18.935.523-8; todos domiciliados en Calle Cerro El Plomo N° 5630, Oficina 1601, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, únicos y actuales socios de las sociedades INVERSIONES CAM LIMITADA, la que se constituyó por escritura pública de fecha 25.06.2004, otorgada en la Notaría de Santiago de don Jaime Morandé Orrego, e inscrita a fojas 19.996 número 14.959 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2004; y de DESARROLLOS ENERGÉTICOS LIMITADA, sociedad constituida por escritura pública de fecha 07.05.2003, otorgada en la Notaría de Santiago de don Jaime Morandé Orrego, e inscrita a fojas 13.167 N° 10.142 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2003, acordaron lo siguiente: Fusionar INVERSIONES CAM LIMITADA y DESARROLLOS ENERGÉTICOS LIMITADA, por incorporación de la segunda a la primera, en virtud de la cual la segunda se disolverá, fijando las condiciones de la absorción y aprobar los informes periciales, balances y demás antecedentes que sirven de base a la absorción. Con el objeto señalado, los socios de ambas sociedades modifican los estatutos de INVERSIONES CAM LIMITADA en los siguientes términos: A) Como un efecto ipso facto de la fusión, los socios acuerdan un aumento de capital en INVERSIONES CAM LIMITADA en razón de la absorción de la sociedad DESARROLLOS ENERGÉTICOS LIMITADA, así las cosas, INVERSIONES CAM LIMITADA adquiere, en razón de la fusión, el patrimonio de DESARROLLOS ENERGÉTICOS LIMITADA. B) Como consecuencia de los acuerdos de los comparecientes el nuevo capital social de INVERSIONES CAM LIMITADA, una vez fusionada con DESARROLLOS ENERGÉTICOS LIMITADA, por absorción de ésta, asciende a $1.199.086, el que queda enterado y pagado por los socios en la forma siguiente: a) don CHRISTIAN NICOLAS ASTE MEJÍAS, la suma de $1.184.830, equivalentes al 98,811% del total de los derechos sociales; b) doña SANDRA LORENA BAEZA GONZÁLEZ, la suma de $11.991, equivalentes al 1% del total de los derechos sociales; y, c) doña FERNANDA LORENA ASTE BAEZA, la suma de $2.265, equivalentes al 0,189% del total de los derechos sociales; todos los aportes antes señalados se encuentran ya enterados a la fecha. C) Como consecuencia de lo anterior, se ha producido la disolución de DESARROLLOS ENERGÉTICOS LIMITADA, la cual ha sido absorbida por fusión por INVERSIONES CAM LIMITADA, la que ha adquirido la calidad de sucesora y continuadora legal de DESARROLLOS ENERGÉTICOS LIMITADA, respecto de todos sus derechos y obligaciones. D) Producto de la fusión, se otorgan nuevos estatutos de la sociedad continuadora, esta es INVERSIONES CAM LIMITADA, los que quedan de la siguiente forma: Razón Social: INVERSIONES CAM LIMITADA, pudiendo usar para todos los fines, incluso bancarios y de publicidad, el nombre de fantasía CAM LIMITADA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el futuro en otros lugares del país o en el extranjero. Objeto: La inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, pudiendo percibir sus frutos y rentas. No podrá, sin embargo, efectuar actividades que consisten en el comercio y distribución de bienes, ni en la prestación de ninguna clase de servicios. Administración: Corresponde al socio CHRISTIAN NICOLAS ASTE MEJIAS, con amplias facultades que constan en escritura extractada. Duración: 5 años desde la escritura extractada y se entenderá prorrogada por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno si ninguno de los socios da aviso de su voluntad en contrario a la prórroga del plazo. Capital: $1.199.086, que los socios han aportado y enterado en dinero en efectivo, de la siguiente forma: a) don CHRISTIAN NICOLAS ASTE MEJÍAS, la suma de $1.184.830, equivalentes al 98,811% del total de los derechos sociales; b) doña SANDRA LORENA BAEZA GONZÁLEZ, la suma de $11.991, equivalentes al 1% del total de los derechos sociales; y, c) doña FERNANDA LORENA ASTE BAEZA, la suma de $2.265, equivalentes al 0,189% del total de los derechos sociales; todos los aportes antes señalados se encuentran ya enterados a la fecha. Demás estipulaciones constan de escritura que extracto. Santiago, 25 de noviembre de 2022.