MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercial Romanini Limitada

RUT 85234600-0 CVE 2225272
Capital
$750.000 CLP
Fecha instrumento
21 de diciembre de 1977
Notaría
Maximiliano Concha Rivas

Instrumento

Fecha
21 de diciembre de 1977
Notario
RENE ALEJANDRO MARTINEZ LOAIZA
Domicilio
y conservador de comercio
Comuna
Maximiliano Concha Rivas

Sociedad

Capital
$750.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENE ALEJANDRO MARTINEZ LOAIZA, Notario Público y conservador de comercio, con oficio en calle Serrano número Trescientos setenta y cuatro certifica escritura hoy ante mi: Don ENRIQUE ALFONSO ROMANINI DÍAZ y Don GIULIANO MARTINO ROMANINI MIGUEZ, domiciliados en esta ciudad, en Calle Ortúzar número veintiún mil noventa y ocho, comuna de Melipilla, región Metropolitana, quienes acreditan sus identidades exhibiendo sus respectivas cédulas y exponen que: La sociedad “Comercial Romanini limitada”, constituida por escritura pública de fecha 21 de diciembre del año 1977, Notaria Maximiliano Concha Rivas, inscrita a fojas 1 número 1 del Registro de Comercio Del Conservador de Comercio de Melipilla del año 1978, publicado en el diario oficial número 29.950, de con fecha 30 de diciembre del año 1978; Mediante escritura pública de fecha ocho de noviembre del año dos mil trece, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Juan Ricardo San Martin Urrejola, siendo su capital inicial la suma de $750.000. Se acordó por los socios la cesión y modificación de la referida sociedad, quedando integrada por ENRIQUE ALFONSO ROMANINI DÍAZ, titular del ochenta y cinco por ciento del total del haber social y por don GIULIANO MARTINO ROMANINI MIGUEZ, titular del quince por ciento del total del haber social y se modificó la cláusula cuarta señalando que la administración de la sociedad y el uso de la razón social correspondería exclusivamente a los socios don ENRIQUE ALFONSO ROMANINI DÍAZ y don GIULIANO MARTINO ROMANINI MIGUEZ, quienes actuando en forma conjunta y anteponiendo a su firma la razón social, la representarían con las más amplias facultades y pudiendo obligarla en todo tipo de actos y contratos, señalando además que en lo no modificado continua vigente lo estipulado en el pacto social, dicha cesión y modificación fue inscrita a fojas novecientos cinco número cuatrocientos sesenta y dos del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Melipilla correspondiente al año dos mil trece. Posteriormente mediante escritura pública de fecha diez de marzo del año dos mil veintidós, otorgada ante la Notario Público de Melipilla don Rene Alejandro Martínez Loaiza, se acordó por los socios sanear escritura de fecha ocho de noviembre del año dos mil trece consistente en no haber sido publicado su extracto, procediendo a su publicación, conjuntamente con la escritura de saneamiento. Por un error involuntario se procedió a inscribir y publicar un extracto, volviendo a repetir este y no inscribiendo el correcto, por lo que por escritura pública de Resciliación de fecha veintiocho de julio del dos mil veintidós, se dejó sin efecto en todas sus parte la inscripción practicada a fojas ciento cincuenta y ocho número sesenta y cinco del Registro de conservador de comercio de Melipilla del año dos mil veintidós lo que consta a fojas cuatrocientos doce número ciento cincuenta y uno del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Melipilla del año dos mil veintidós, y se procedió con la publicación del extracto de la cesión y modificación de la sociedad y de la escritura de resciliación lo que fue debidamente publicado en el Diario Oficial bajo número 43.330 cuarenta y tres mil trecientos treinta de fecha dieciocho de agosto del año dos mil veintidós.Primero: Que se efectúa Cesión de derechos de ENRIQUE ALFONSO ROMANINI DÍAZ quien cede y transfiere el 29,41 % de los derechos que le corresponden en la sociedad, equivalentes al 25 % del total del haber social, a don GIULIANO MARTINO ROMANINI MIGUEZ, quien lo aceptan y lo adquiere para sí, lo que ha sido pagado previamente en diversas cuotas, declarando el cedente haberlo recibido a su entera satisfacción. Segundo: Por lo que La Sociedad queda integrada por ENRIQUE ALFONSO ROMANINI DÍAZ, titular del 60% del total del haber social y por don GIULIANO MARTINO ROMANINI MIGUEZ titular del 40 % del total del haber social. - La Sociedad asume la responsabilidad en los impuestos que se hayan devengado o se devenguen en el futuro.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Melipilla, a veintiuno de noviembre de dos mil veintidós. -