CENTRO DE CAPACITACION PUCALAN SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de octubre de 2022
- Repertorio
- 6277/2022
- Comuna
- Providencia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que con fecha 15 de noviembre de 2022, Repertorio 6277/2022, se redujo a escritura pública ante mí, acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas del CENTRO DE CAPACITACION PUCALAN SpA, celebrada el 3 de octubre de 2022, en la que actual accionista Fundación Educacional Montessori Pucalán, que representa el cien por ciento de las acciones, modificó el estatuto social en lo siguiente: Uno) Se modifica el artículo cuarto de los estatutos sociales, reemplazando su actual texto por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será La prestación de asesorías, consultorías, capacitaciones; asistencia técnica y profesional, y el desarrollo de programas y modelos educativos relacionados con la pedagogía Montessori; a todo tipo de personas e instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras. El desarrollo y fortalecimiento de políticas, programas y estudios innovadores y transformadores en educación, infancia, desarrollo social y sostenible, que promueva positivamente el desarrollo de las personas y en la sociedad, especialmente en aquellos en situación de vulnerabilidad. La creación, edición y publicación de textos, libros, revistas y programas de computación y en general de todo tipo de servicios referidos a servicios la capacitación en materias educacionales. Promover y desarrollar, por cuenta propia o de terceros, toda clase de actividades y negocios que se relacionen directa o indirectamente con las antes señaladas; y cualquier otra actividad que los socios acuerden.”. Dos) Se modifica el artículo décimo, en cuanto a que la sociedad será administrada por un directorio compuesto por tres directores titulares y tres suplentes. Tres) Se modifica el artículo decimo primero de los estatutos en el sentido que los directores durarán dos años en sus cargos y las sesiones de directorio se celebrarán con una periodicidad de a lo menos cuatro meses. Cuatro) Se modifica el artículo décimo tercero de los estatutos, reemplazando su texto actual por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: La totalidad de las facultades de administración están radicadas en el directorio, órgano que podrá delegarlas y conferir poderes totales y/o parciales en sus gerentes y administradores. Se deja constancia que números dos), tres) y cuatro) no son materia de extracto.- Santiago, 15 de noviembre de 2022.-cr