Instrumento
- Fecha
- 22 de noviembre de 2022
- Repertorio
- 18793
- Notario
- ISABEL MARGARITA PEÑA LEZAETA
- Domicilio
- don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $451.825 CLP
Objeto social
La inversión y la obtención de rentas de capitales mobiliarios en el extranjero, en moneda extranjera, en especial, las provenientes de dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones o derechos en toda clase de sociedades, fondos y vehículos de inversión de cualquier naturaleza; bonos, debentures o títulos de créditos; créditos de cualquier clase; depósitos en dinero, ya sea a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia, e instrumentos de deuda de oferta pública; y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados. La Sociedad excepcionalmente podrá desarrollar su giro en Chile, con el objeto de rentabilizar cantidades que mantenga transitoriamente en su cuenta corriente en el país, ya sea para ser invertidas o distribuidas a sus
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalISABEL MARGARITA PEÑA LEZAETA, Abogado, Notario Público Suplente de don EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N° 359, comuna de Providencia, Santiago, certifico que por instrumento privado otorgado con fecha 8 de noviembre de 2022, protocolizado ante mí, con fecha 9 de noviembre de 2022, repertorio N°18.793, la sociedad Inversiones El Roble SpA constituyó una sociedad por acciones, cuyas menciones extractables de acuerdo con la ley son las siguientes: Nombre: “Tutuquén Internacional SpA”. Objeto: La inversión y la obtención de rentas de capitales mobiliarios en el extranjero, en moneda extranjera, en especial, las provenientes de dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones o derechos en toda clase de sociedades, fondos y vehículos de inversión de cualquier naturaleza; bonos, debentures o títulos de créditos; créditos de cualquier clase; depósitos en dinero, ya sea a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia, e instrumentos de deuda de oferta pública; y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados. La Sociedad excepcionalmente podrá desarrollar su giro en Chile, con el objeto de rentabilizar cantidades que mantenga transitoriamente en su cuenta corriente en el país, ya sea para ser invertidas o distribuidas a sus accionistas. Capital: US$451.825 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 1.000 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de la misma serie y valor, íntegramente suscritas y pagadas. Las demás estipulaciones, que según la ley no son materia de extracto, constan en la escritura extractada. Doy fe.- Santiago, 22 de noviembre de 2022.- Isabel Margarita Peña Lezaeta. Notario Suplente.