MOLINA CANALES ESTUDIO JURIDICO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2022
- Repertorio
- 36993-2022
- Notario
- Juan Ricardo San Martín Urrejola
- Oficio
- 43º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
a) Servicios o Asesorías Profesionales Personales; b) Servicios Profesionales legales; c) Servicios Profesionales personales de Asesoramiento y Representación Jurídica. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, abogado, Notario Público Titular 43º Notaria de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 11 de noviembre de 2022, repertorio Nº36.993-2022, ante el suplente don JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Ángela Nicole Rodríguez Ruiz, en representación de Juan Claudio Molina Pavez, Cristián Alberto Canales Palacios, y Hugo Antonio Vilches Órdenes, todos en Isidora Goyenechea número dos mil novecientos treinta y nueve, oficina número trescientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, rectifica la escritura de constitución de la sociedad MOLINA CANALES ESTUDIO JURIDICO LIMITADA de fecha 6 de octubre del año 2022, Repertorio N°33.196- 2022, ante Notario Público de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola y su consecuente extracto, en el sentido de rectificar la cláusula tercera de la escritura de constitución que dice relación con el objeto de la sociedad, la cual se reemplaza por la siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tendrá como objeto: a) Servicios o Asesorías Profesionales Personales; b) Servicios Profesionales legales; c) Servicios Profesionales personales de Asesoramiento y Representación Jurídica. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de noviembre de 2022.