MIGUEL ANGEL MERA LILLO AGROFORESTAL NEVADOS E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 23 de noviembre de 2022
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
- Oficio
- 49° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Santiago
- Duración
- 3 años renovables tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos
Objeto social
La sociedad tiene por objeto o giro toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, inclusive acciones, valores mobiliarios, patentes y marcas, participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración o explotación en cualquier forma y la percepción de las rentas y frutos que se deriven de las anteriores. La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la creación o participación en sociedades o empresas que exploten los giros antes mencionados; La explotación de predios agrícolas y la realización de toda clase de negocios relacionadas con el agro, así como también la prestación de servicios y asesorías agrícolas en todas sus formas, la comercialización de todo tipo de productos, insumos, materiales, herramientas, equipos y bienes en materia agrícola, y en general, la celebración de cualquier contrato civil o comercial que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines de la sociedad. Con todo, la empresa podrá ejecutar o tener participación en otros negocios que se relacionen con su giro y rubro
Administración
MIGUEL ANGEL MERA LILLO, todas las facultades administración y disposición señaladas en el acto de constitución
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Abogado, Notario Público Titular de la 49° Notaría de Santiago, con oficio en calle Amunátegui 73, comuna de Santiago, Región Metropolitana, CERTIFICO: Por escritura pública, hoy ante mí: MIGUEL ÁNGEL MERA LILLO, chileno, 63 años de edad, divorciado, factor de comercio, C.I. N°8.770.527-7, con domicilio para estos efectos en calle San Antonio 486, DP. 43, comuna de Santiago, Región Metropolitana; constituye Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Razón social: “MIGUEL ANGEL MERA LILLO AGROFORESTAL NEVADOS E.I.R.L.”, nombre fantasía “AGROFORESTAL NEVADOS E.I.R.L.”. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir en otros puntos del país o del extranjero. Objeto social: La sociedad tiene por objeto o giro toda clase de inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, inclusive acciones, valores mobiliarios, patentes y marcas, participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración o explotación en cualquier forma y la percepción de las rentas y frutos que se deriven de las anteriores. La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la creación o participación en sociedades o empresas que exploten los giros antes mencionados; La explotación de predios agrícolas y la realización de toda clase de negocios relacionadas con el agro, así como también la prestación de servicios y asesorías agrícolas en todas sus formas, la comercialización de todo tipo de productos, insumos, materiales, herramientas, equipos y bienes en materia agrícola, y en general, la celebración de cualquier contrato civil o comercial que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines de la sociedad. Con todo, la empresa podrá ejecutar o tener participación en otros negocios que se relacionen con su giro y rubro. Administración: MIGUEL ANGEL MERA LILLO, todas las facultades administración y disposición señaladas en el acto de constitución. Capital: $2.000.000, aportados y enterados en este acto, al contado y en dinero en efectivo, capital totalmente suscrito y pagado. La responsabilidad del empresario individual queda limitada al monto de su respectivo aporte.- Duración: 3 años renovables tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 23 de noviembre 2022.