MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES EL MATICO LIMITADA

RUT 76001736-1 CVE 2224361
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2022
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
Trigésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la Trigésima Tercera Notaría de Santiago, Huérfanos N° 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2022, ante mí, María Mercedes Hurtado Vicuña, María Gabriela Rivadeneira Hurtado, Ricardo Rivadeneira Hurtado, Juan Rivadeneira Hurtado, Ignacio Rivadeneira Hurtado, Rosario Rivadeneira Hurtado, María Mercedes Rivadeneira Hurtado, Pablo Rivadeneira Hurtado, Tomás Rivadeneira Hurtado, Inversiones Las Bandurrias Limitada, Inversiones Tricahue Limitada, Inversiones Las Perdices Limitada, Inversiones El Chucao Limitada, Inversiones Las Torcazas Limitada, Inversiones Las Garzas Limitada, Inversiones Los Petreles Limitada, Inversiones La Loica Limitada, todos domiciliados para estos efectos en Santiago, Avenida El Bosque Sur N°130, piso 14, comuna de Las Condes, y únicos socios de INVERSIONES EL MATICO LIMITADA, acordaron modificar la administración de la sociedad, en el sentido de quede radicada en un directorio, compuesto de 3 miembros, investido de todos los poderes de administración de la sociedad, señalados en la escritura extractada. 1. Elección: Los miembros del directorio serán designados por la socia María Mercedes Hurtado Vicuña, pudiendo ser director cualquiera de los socios, incluyendo la socia que designe a los directores. La designación de los directores se efectuará por escritura pública otorgada por el socio que lo designe, la cual deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio y producirá efectos respecto de terceros, una vez practicada la anotación marginal respectiva. Durante el período de tiempo en que (i) los socios no hayan designado a los directores o a sus reemplazantes, o (ii) si habiendo cesado el directorio en sus funciones por cualquier causa, no pudiere reunir quórum suficiente para adoptar acuerdos válidos y no se nombrare a sus reemplazantes, la administración y el uso de la razón social de la sociedad pasará de pleno derecho y automáticamente a la socia María Mercedes Hurtado Vicuña, sin necesidad de acreditar ninguna de tales circunstancias a terceros. El directorio reasumirá de pleno derecho la administración y el uso de la razón social toda vez que esté constituido y en condiciones de reunir el quórum necesario para adoptar acuerdos válidos de conformidad a sus estatutos. 2. Integrantes: El primer directorio de la sociedad estará compuesto por María Mercedes Hurtado Vicuña, Ignacio Rivadeneira Hurtado y Pablo Rivadeneira Hurtado, designados por María Mercedes Hurtado Vicuña. Esta primera designación del directorio no es necesario anotarla al margen de la inscripción del extracto social, bastando para su oponibilidad a terceros la circunstancia de consignarse los nombres de los directores en el extracto social que se publique e inscriba. 3. Normas sobre requisitos para ser director, cesación en el cargo de los directores, adopción de acuerdos, constan en escritura que se extracta. Para lo anterior, los actuales y únicos socios sustituyeron la cláusula séptima de los estatutos sociales e incorporaron un artículo transitorio. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 23 de Noviembre del 2022.