MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES CERRO ALTO LIMITADA

RUT 78924120-1 CVE 2224739
Capital
$120.300.000 CLP
Fecha instrumento
11 de noviembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
11 de noviembre de 2022
Repertorio
11694
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$120.300.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ISABEL MARGARITA PEÑA LEZAETA, Suplente EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Titular 34ª Notaría Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda 359, Providencia ,certifica: Por escritura pública 11 noviembre 2022, ante mí, MARIA VICTORIA CAMPOS URZUA, chilena, divorciada, diseñadora, c.i. 7.033.623-5, domiciliada en Sioux 2316 Vitacura, Región Metropolitana, TOMAS EDUARDO CAMPOS URZUA, chileno, soltero, agente inmobiliario, c.i. 7.033.654-5 domiciliado en Avenida Las Condes 14.411 departamento 35 Lo Barnechea, Región Metropolitana, MARIA ANGELICA CAMPOS URZUA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, ingeniero agrónomo, c.i. 10.981.374-5 domiciliada La Represa 4832 C Lo Barnechea, Región Metropolitana, MARIA CAROLINA CAMPOS URZUA, chilena, divorciada, dueña de casa, c.i. 11.124.860 -5 domiciliada en Condominio Polo Manquehue uno, casa 51 Colina, Región Metropolitana ; expusieron : Por escritura pública de 31 julio de 1996 otorgara en la Notaría de Santiago de Arturo Carvajal Escobar, con oficio Catedral 1233 Santiago, EDUARDO EITEL CAMPOS FRANCE y MARIA VICTORIA URZUA HURTADO, constituyeron INMOBILIARIA E INVERSIONES CERRO ALTO LIMITADA extracto de constitución social inscrito a fojas 21.223 número 16.450 en el Registro de Comercio Santiago año 1996 y se publicó en el Diario Oficial de 24 Agosto de 1996 ; modificada por escritura pública de fecha 9 octubre otorgada en la notaría de Santiago de VALERIA RONCHERA FLORES, Teatinos Santiago, cuyo extracto se inscribió a fojas 72.177, número 50.133. en el Registro de Comercio de Santiago del año 2012 y se publicó en el Diario Oficial de 19 octubre de 2012 . El Rol único Tributario de la sociedad es 78.294.120-4. En el artículo octavo del pacto social de la sociedad antes citada, se e indica que en caso de fallecimiento de un socio la sociedad continúa con la sucesión del socio fallecido. Con fecha 3 abril 2017 falleció EDUARDO EITEL CAMPOS FRANCE, c.i. 3.633.746-k, otorgándose la posesión efectiva de sus bienes a los hijos de éste MARIA VICTORIA CAMPOS URZUA, TOMAS EDUARDO CAMPOS URZUA, doña MARIA ANGELICA CAMPOS URZUA, MARIA CAROLINA CAMPOS URZUA, sin perjuicio de los derechos de la cónyuge sobreviviente MARIA VICTORIA URZUA HURTADO, c.i. 4.046.724-6, conforme auto de posesión efectiva de 27 junio 2018 dictado por Duodécimo Juzgado Civil de Santiago, causa rol V- 168-2017 y se inscribió a fojas 25.508 número 37.023 Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2022. Con fecha 27 julio 2021, repertorio 11694 se protocolizó en la Notaría Eduardo Diez la ampliación del inventario simple de los bienes quedados al fallecimiento de EDUARDO EITEL CAMPOS FRANCE. en que se incluyen sus derechos sociales en la sociedad. Con fecha 11 junio 2020, falleció MARIA VICTORIA URZUA HURTADO, c.i. 4.046.724-6; la posesión efectiva de los bienes quedados a su fallecimiento se concedió a MARIA VICTORIA CAMPOS URZUA, TOMAS EDUARDO CAMPOS URZUA, MARIA ANGELICA CAMPOS URZUA, MARIA CAROLINA CAMPOS URZUA, por el Director Regional Región Metropolitana de Santiago del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile mediante la Resolución Exenta 29.918 de fecha 27 Julio 2020, que consta en el duplicado de certificado de Posesión efectiva número de inscripción 28.860. del año 2020, que da cuenta de los derechos sociales en la sociedad de la causante doña MARIA VICTORIA CAMPOS URZUA. En consecuencia, los comparecientes son los únicos herederos de los constituyentes de la sociedad y son los únicos socios de la sociedad. Los únicos socios de la sociedad modifican de la cláusula tercera del pacto social como sigue: donde dice: “La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno cualquiera de los socios actuando indistintamente” se elimina y se reemplaza por la siguiente frase: “La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a doña MARIA VICTORIA CAMPOS URZUA, don TOMAS EDUARDO CAMPOS URZUA, doña MARIA ANGELICA CAMPOS URZUA y a doña MARIA CAROLINA CAMPOS URZUA,”.- Asimismo los únicos socios de la sociedad reemplazan la artículo Cuarto del pacto social como sigue: “CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de $120.300.000. ya aportados y enterados a la caja social en la siguiente proporción A) doña MARIA VICTORIA CAMPOS URZUA $30.075.000. ya enterados a satisfacción de la sociedad, equivalentes a un 25% de los derechos sociales de la sociedad; B) don TOMAS EDUARDO CAMPOS URZUA, $30.075.000. ya enterados a satisfacción de la sociedad, equivalentes a un 25% de los derechos sociales de la sociedad; C) doña MARIA ANGELICA CAMPOS URZUA, $30.075.000. ya enterados a satisfacción de la sociedad, equivalentes a un 25% de los derechos sociales de la sociedad; D) doña MARIA CAROLINA CAMPOS URZUA, $30.075.000. ya enterados a satisfacción de la sociedad, equivalentes a un 25% de los derechos sociales de la sociedad”. En todo lo no modificado continúa vigente del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 Noviembre 2022.