INMOBILIARIA ALTO RELONCAVÍ S.A.
Instrumento
- Fecha
- 8 de noviembre de 2022
- Notario
- ALBERTO MOZÓ AGUILAR
- Oficio
- 40º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público Titular, 40º Notaria de Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifica: con fecha 8 de noviembre de 2022, ante mi Suplente Rodrigo Sotomayor Graepp, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “INMOBILIARIA ALTO RELONCAVÍ S.A.”, inscrita a fojas 35.635, N°21.084 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2015, celebrada con fecha 8 de noviembre de 2022, en la que el 100% de los accionistas, acordaron, entre otras materias: a) Disminuir el capital de la sociedad de la suma de $991.574.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, vale decir, disminuir el capital de la sociedad en la cantidad de $990.574.000, sin disminuir el número de acciones en que se divide el capital. En consecuencia, luego de las disminución de capital acordada, el capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado; y b) Modificar el Artículo Cuarto y el Artículo Tercero Transitorio del estatuto social, por los siguientes: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en mil acciones nominativas de una misma serie, sin valor nominal. El capital y el valor de las acciones se entenderán modificados de pleno derecho, cada vez que la Junta Ordinaria de Accionistas apruebe el balance del ejercicio. El balance deberá expresar el nuevo capital y el valor de las acciones resultantes de la distribución del capital propio.”. “ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad, ascendente a un millón de pesos, dividido en mil acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha.”. Demás estipulaciones no extractables, constan en escritura extractada.- Santiago, 22 de Noviembre de 2022.