ASESORIAS E INVERSIONES VWG LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de octubre de 2022
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $77.825.118 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N°65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de octubre de 2022, ante mí: La sociedad INVERSIONES LAS FLORES SpA, representada, y la sociedad INVERSIONES VWF LIMITADA, representada, todos domiciliados en El Gobernador N° 020, Providencia, Región Metropolitana, en su calidad de actuales y únicos socios de ASESORIAS E INVERSIONES VWG LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 3.640 número 2.982 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2001, acordaron su modificación y fusión en la sociedad INVERSIONES NEW DIVISION VWG SpA, sociedad inscrita a fojas 53.348 número 31.082 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2015, en el siguiente sentido: I. Capitalización aportes por capitalizar ASESORIAS E INVERSIONES VWG LIMITADA: En virtud del cual se aumenta el capital social, de la suma actual de $77.825.118, a la suma de $1.437.866.174, íntegramente pagado y distribuido entre sus socios en las siguientes cantidades y proporciones: i) la sociedad INVERSIONES LAS FLORES SpA, con la suma de $1.437.722.387, equivalentes al 99,99% del capital y los derechos sociales, y ii) La sociedad INVERSIONES VWF SpA, con la suma de $143.787, equivalentes al 0,01% restante del capital y los derechos sociales. II. Disolución: Como consecuencia de la fusión acordada anteriormente, se disuelve la sociedad absorbida ASESORIAS E INVERSIONES VWG LIMITADA, la que se fusiona en INVERSIONES NEW DIVISION VWG SpA, sin que sea necesario proceder a su liquidación en atención a la incorporación de la totalidad de sus activos, pasivos y patrimonio a la sociedad absorbente, entidad que se considerará su sucesora para todos los efectos legales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de noviembre de 2022.-