CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA Y AGRICOLA GHERARDELLI LIMITADA

RUT 15994159-0 CVE 2222588
Fecha instrumento
16 de noviembre de 2022
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
16 de noviembre de 2022
Repertorio
4263-2022
Notario
Notario Suplente de CELESTE NICOL BECERRA MARIN
Oficio
segunda Notaría Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

N. fantasía
INMOBILIARIA Y AGRICOLA GHERARDELLI LTDA.;
Domicilio
será la comuna y ciudad de Rancagua
Duración
empezará a regir con la fecha de esta escritura y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente, por períodos de cinco años si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso

Objeto social

El objeto de la sociedad será: A) El inmobiliario, mediante la intermediación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, rústicos o urbanos, edificios o no, destinados a la vivienda, oficinas, comercio, industria o agricultura, y en general, se dedicará a realizar toda negociación, gestión o actividad relacionada, directa o indirectamente, con la compra, venta, comercialización o arriendo de inmuebles, propios o ajenos amoblados o desocupados, su explotación y el desarrollo de proyectos a nivel intelectual o material, pudiendo dedicarse a la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, intermediación, corretaje, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios. B) La realización de todo tipo de inversiones relativas a bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales. C) La intermediación, compra, venta y arriendo de maquinarias, de todo tipo de vehículos incluyendo vehículos de carga y de transporte de pasajeros, equipos e insumos. Todas las actividades referidas podrá la empresa desarrollarlas por cuenta propia o ajena, sean los terceros instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas y privadas, o particulares, asociarse con dichas empresas, instituciones o personas naturales o jurídicas, tomar la representación de ellas y establecer agencias de firmas nacionales o extranjeras relacionadas con el giro ya descrito y, en general, realizar cualquiera acto, contrato o actividad, civil o comercial, que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines de la empresa individual, incluyendo la participación de la empresa como socio o accionista en toda clase de empresas, compañías, sociedades o corporaciones, sin que ello importe o requiera una modificación de los estatutos sociales,.Todas las actividades referidas podrá la sociedad desarrollarlas por cuenta propia o ajena, sean los terceros instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas y privadas, o particulares, asociarse con dichas empresas, instituciones o personas naturales o jurídicas, tomar la representación de ellas y establecer agencias de firmas nacionales o extranjeras relacionadas con el giro ya descrito y, en general, realizar cualquiera acto, contrato o actividad, civil o comercial, que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines sociales, incluyendo la participación de la sociedad como socio o accionista en toda clase de empresas, compañías, sociedades o corporaciones, sin que ello importe o requiera una modificación de los estatutos sociales; D) El cultivo de plantas perennes y no perennes, como por ejemplo viñas, árboles frutales, legumbres, cereales, tubérculos, etcétera; la crianza de ganado ovino, bovino caprino, etcétera, en inmuebles agrícolas, propios o de terceros y la comercialización y venta dentro del país o en el extranjero, de los frutos, cosechas, ganados y demás productos agrícolas, que dichos inmuebles produzcan; y en general cualquiera otra actividad que los socios acuerden y relacionadas con el giro de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCA SALAS MEDINA, Notario Suplente de CELESTE NICOL BECERRA MARIN, Notario Público Interino de la segunda Notaría Rancagua, con oficio en Bueras 359 Of. 102, CERTIFICA: Que por escritura pública, fecha 16-11-2022 Repertorio Nº4263-2022, ante Celeste Nicol Becerra Marín, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Rancagua, don LUIS FABIAN PIZARRO GHERARDELLI, ingeniero, cédula nacional de identidad número 15.994.159-0, domiciliado en Andina 75, Rancagua; y don PABLO ALEJANDRO PIZARRO GHERARDELLI, ingeniero, cédula nacional de identidad número 12.692.632-4, domiciliado en Bombero Villalobos 1075, departamento 710, Rancagua; constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: INMOBILIARIA Y AGRICOLA GHERARDELLI LIMITADA, nombre de fantasía: INMOBILIARIA Y AGRICOLA GHERARDELLI LTDA.; Objeto: El objeto de la sociedad será: A) El inmobiliario, mediante la intermediación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, rústicos o urbanos, edificios o no, destinados a la vivienda, oficinas, comercio, industria o agricultura, y en general, se dedicará a realizar toda negociación, gestión o actividad relacionada, directa o indirectamente, con la compra, venta, comercialización o arriendo de inmuebles, propios o ajenos amoblados o desocupados, su explotación y el desarrollo de proyectos a nivel intelectual o material, pudiendo dedicarse a la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, intermediación, corretaje, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios. B) La realización de todo tipo de inversiones relativas a bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales. C) La intermediación, compra, venta y arriendo de maquinarias, de todo tipo de vehículos incluyendo vehículos de carga y de transporte de pasajeros, equipos e insumos. Todas las actividades referidas podrá la empresa desarrollarlas por cuenta propia o ajena, sean los terceros instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas y privadas, o particulares, asociarse con dichas empresas, instituciones o personas naturales o jurídicas, tomar la representación de ellas y establecer agencias de firmas nacionales o extranjeras relacionadas con el giro ya descrito y, en general, realizar cualquiera acto, contrato o actividad, civil o comercial, que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines de la empresa individual, incluyendo la participación de la empresa como socio o accionista en toda clase de empresas, compañías, sociedades o corporaciones, sin que ello importe o requiera una modificación de los estatutos sociales,.Todas las actividades referidas podrá la sociedad desarrollarlas por cuenta propia o ajena, sean los terceros instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas y privadas, o particulares, asociarse con dichas empresas, instituciones o personas naturales o jurídicas, tomar la representación de ellas y establecer agencias de firmas nacionales o extranjeras relacionadas con el giro ya descrito y, en general, realizar cualquiera acto, contrato o actividad, civil o comercial, que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines sociales, incluyendo la participación de la sociedad como socio o accionista en toda clase de empresas, compañías, sociedades o corporaciones, sin que ello importe o requiera una modificación de los estatutos sociales; D) El cultivo de plantas perennes y no perennes, como por ejemplo viñas, árboles frutales, legumbres, cereales, tubérculos, etcétera; la crianza de ganado ovino, bovino caprino, etcétera, en inmuebles agrícolas, propios o de terceros y la comercialización y venta dentro del país o en el extranjero, de los frutos, cosechas, ganados y demás productos agrícolas, que dichos inmuebles produzcan; y en general cualquiera otra actividad que los socios acuerden y relacionadas con el giro de la sociedad. Capital: El capital de la sociedad será la suma de Setenta Millones de Pesos., que los socios aportan de la siguiente manera: A) Don LUIS FABIAN PIZARRO GHERARDELLI, aporta la suma de Treinta y cinco millones de pesos, correspondiente al 50% por ciento del capital social, y que es pagado al contado y en dinero efectivo que aporta en este acto y que es ingresado a la caja social; y B) Don PABLO ALEJANDRO PIZARRO GHERARDELLI, aporta la suma de Treinta y cinco millones de pesos, correspondiente al 50% por ciento del capital social, y que es pagado al contado y en dinero efectivo que aporta en este acto y que es ingresado a la caja social.- Los socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus aportes. Administración, representación y uso razón social: corresponderá a todos los socios en forma conjunta, quienes anteponiendo su firma a la razón representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Duración: empezará a regir con la fecha de esta escritura y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente, por períodos de cinco años si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso. Domicilio: será la comuna y ciudad de Rancagua, sin perjuicio de las agencias, sucursales y oficinas que pueda abrir y operar en el resto del país y extranjero. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Rancagua, 21 de noviembre del año 2022.-