INMOBILIARIA E INVERSIONES CAROLINA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 25 de octubre de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.266.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales; entre ellos, bienes raíces, acciones, derechos sociales y otros valores, y la actividad inmobiliaria; la compra, venta y arrendamiento de bienes raíces; y toda otra actividad relacionada con las anteriores o que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario titular de la 2ª Notaría de Santiago, domiciliado en Alcántara N° 107, comuna de Las Condes y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de octubre del año 2022, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Carolina S.A. de fecha 19 de octubre de 2022. Uno) Los actuales y únicos accionistas de la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Carolina S.A., acordaron transformar la sociedad mediante el cambio en su tipo social en una sociedad por acciones, cuya razón social será Inmobiliaria e Inversiones Carolina SpA, y que conservando su personalidad jurídica, su patrimonio, activos y pasivos, se regirá por los estatutos indicados en dicha escritura. Dos) Capital Social: $1.266.000.- íntegramente pagado por los accionistas en dinero efectivo e ingresado a la caja social (i) doña MAría Carolina Araya Meghini, $12.660.-, equivalentes a 1 acción nominativa, de una misma serie y sin valor nominal; y, (ii) don José Miguel Eyzaguirre Smart, $1.253.340.-, equivalentes a 99 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Tres) Responsabilidad. Los accionistas constituyentes limitan su responsabilidad personal hasta el monto de sus respectivos aportes. Cuatro) Administración social, Corresponderá al Gerente General don José Miguel Eyzaguirre Smart quien administrará la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones, de acuerdo a lo señalado en los Artículos Décimo Quinto y Tercero Transitorio de los Estatutos Sociales (…)”. Quinto) Objeto: El objeto de la sociedad será la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales; entre ellos, bienes raíces, acciones, derechos sociales y otros valores, y la actividad inmobiliaria; la compra, venta y arrendamiento de bienes raíces; y toda otra actividad relacionada con las anteriores o que acuerden los socios. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y, en general ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 de noviembre de 2022. F. LEIVA. C.N.P.