EBP Contabilidades SpA
Instrumento
- Fecha
- 15 de noviembre de 2022
- Repertorio
- 17003
- Notario
- MARÍA PILAR GUTIERREZ RIVERA
- Oficio
- 18ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PILAR GUTIERREZ RIVERA, Notario Público Titular de la 18ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, de esta ciudad, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 15 de noviembre de 2022, ante mí, bajo el Repertorio N° 17.003, Soledad del Carmen Olmedo Cuevas, Marcelina del Carmen Umaña Lizana, Octavio Jesús Miranda Chávez, Mirna Solange Sepúlveda Inayao, como únicos accionistas de la sociedad denominada EBP Contabilidades SpA, acordaron su transformación en una sociedad de responsabilidad limitada que pasa a denominarse SOCIEDAD DE PROFESIONALES EBP CONTABILIDADES LIMITADA, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “EBP Contabilidades Ltda.”. Los únicos accionistas de la mencionada sociedad, ahora socios de la sociedad transformada son Soledad del Carmen Olmedo Cuevas, Marcelina del Carmen Umaña Lizana, Octavio Jesús Miranda Chávez, Mirna Solange Sepúlveda Inayao, todos con domicilio en Santiago, Andrés de Fuenzalida 22, oficina 302, Providencia, Región Metropolitana. La sociedad tiene domicilio en Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que pueda establecer en otros lugares, dentro del país o en el exterior El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales en contabilidad y auditoría, por cuenta propia o ajena, ya sea en forma directa o en asociación con otras personas naturales o jurídicas, y la representación de empresas nacionales o extranjeras dedicadas a los mismos rubros o a otros similares o complementarios, así como la realización de todos los actos o contratos conducentes a los objetos señalados, ya sea por cuenta propia o de terceros. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a don Octavio Jesús Miranda Chávez, a doña Marcelina del Carmen Umaña Lizana, a doña Soledad del Carmen Olmedo Cuevas y, a doña Mirna Solange Sepúlveda Inayao, debiendo actuar dos de ellos conjuntamente. El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000 íntegramente pagado en dinero y que corresponden a los actuales accionistas como siguen: a) a don Octavio Jesús Miranda Chávez, la suma de $250.000, b) a doña Marcelina del Carmen Umaña Lizana, la suma de $250.000, c) a doña Soledad del Carmen Olmedo Cuevas la suma de $250.000 y, d) a doña Mirna Solange Sepúlveda Inayao la suma de $250.000. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el 31de diciembre del año 2050, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Santiago, 23 de noviembre de 2022.