CONSTITUCIÓN Sociedad Anónima

Botanic S.A.

CVE 2222843
Capital
$278.362.562 CLP
Fecha instrumento
14 de noviembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de noviembre de 2022
Repertorio
37095
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$278.362.562 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada con fecha 14 de noviembre de 2022, repertorio N°37.095, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Botanic S.A., de la cual extracto lo siguiente: Se acordó por unanimidad sanear el vicio formal de nulidad incurrido en la constitución de la sociedad, consistente en la disconformidad existente la escritura pública de constitución, otorgada ante mí con fecha 1 de agosto de junio de 2022, y su respectivo extracto. El saneamiento deriva de haberse señalado erradamente el monto del capital social de Botanic S.A. en el extracto de la Escritura de Constitución, en el sentido que se señaló que el capital de la Sociedad es la suma de $278.362.562, dividido en 336.661 acciones ordinaria, nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado; cuando en realidad se debió haber señalado que el capital de la Sociedad es la suma de $2.560.061.497, dividido en 336.661 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. En consecuencia, el Artículo Quinto de los Estatutos Sociales queda para todos los efectos legales del siguiente tenor: “Artículo Quinto. El capital de la sociedad es la suma de dos mil quinientos sesenta millones sesenta y un mil cuatrocientos noventa y siete pesos, dividido en trescientas treinta y seis mil seiscientas sesenta y un acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que se pagan y enteran en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de noviembre de 2022.-