MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS INDUSTRIALES C & R LIMITADA

RUT 76526659-9 CVE 2222392
Fecha instrumento
18 de octubre de 2022

Instrumento

Fecha
18 de octubre de 2022
Repertorio
1077-22
Notario
MARIA ELENA PEZOA CONTRERAS
Domicilio
y Conservador de Bienes Raíces

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA ELENA PEZOA CONTRERAS, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces, Comercio, Minas y Archivero Judicial titular de la Agrupación de comunas de Curacautín y Lonquimay, con oficio en calle O’Higgins Nº 475 de Curacautín, Certifico: Que por escritura pública, ante mí, de fecha 18 de Octubre de 2022, Repertorio 1077-22, ante mí, don CARLOS ORELLANA HENRÍQUEZ, domiciliado en calle Tarapacá número 656, de la comuna de Curacautín; don RODRIGO ALEJANDRO FERNÁNDEZ OLIVA, domiciliado en Parcela mi casa, Sector Agua Corta número setenta, Hualqui, y doña ALICIA DE LAS NIEVES OLIVA LEIVA, domiciliada en Parcela mi casa, Sector Agua Corta número setenta, Hualqui, acordaron respecto de la SOCIEDAD “SERVICIOS INDUSTRIALES C & R LIMITADA”, RUT: 76.526.659-9, inscrita a fojas 94.667 número 55.326 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015, lo siguiente: A) CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: don CARLOS ORELLANA HENRÍQUEZ, vendió, cedió y transfirió el 100 % de sus derechos sociales, equivalentes a un 76 % de los derechos sociales en que se divide el capital de la Sociedad, a don RODRIGO ALEJANDRO FERNÁNDEZ OLIVA, y a doña ALICIA DE LAS NIEVES OLIVA LEIVA, quienes los compraron, aceptaron y adquirieron para sí, en proporción de un 67,85% para el primero y de un 32,15% para la segunda. En virtud de la cesión de derechos sociales antes referida, los socios quedan con los siguientes porcentajes en la Sociedad: i) don RODRIGO ALEJANDRO FERNÁNDEZ OLIVA, con un 76 % de los derechos sociales; y ii) doña ALICIA DE LAS NIEVES OLIVA LEIVA, con un 24 % de los derechos sociales; y B) MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS: En virtud de la cesión de derechos antes referida, don RODRIGO ALEJANDRO FERNÁNDEZ OLIVA, y doña ALICIA DE LAS NIEVES OLIVA LEIVA, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron modificar el texto del Artículo cuarto y quinto, relativo al capital, por el siguiente: “CUARTO: La administración y el uso de la razón social corresponderá al socio RODRIGO ALEJANDRO FERNÁNDEZ OLIVA, quien actuando en representación de la sociedad y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clases de actos y contratos…; y QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de CUARENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS, que se aportó y enteró de la forma que pasa a expresarse: UNO) don RODRIGO ALEJANDRO FERNÁNDEZ OLIVA, aportó y pagó la cantidad de $31.730.000, equivalentes al 76 % de los derechos sociales; y DOS) doña ALICIA DE LAS NIEVES OLIVA LEIVA, aportó y pagó la cantidad de $10.020.000, equivalentes al 24% por ciento de los derechos sociales”. En todo lo no modificado, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales, especialmente la estipulación relativa a que los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Curacautín, 21 de Noviembre del 2022.