MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

PHARMA CONTROL CHILE SpA

RUT 77272901-4 CVE 2221879
Fecha instrumento
14 de noviembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de noviembre de 2022
Notario
MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
Oficio
7° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Abogado, Notario Público, Titular de la 7° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número 1161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Que por Escritura Pública de fecha 14 de noviembre de 2022, ante mí, compareció: don VÍCTOR NICOLÁS YAZIGI VÁSQUEZ, cédula de identidad N° 15.960.911-1, domiciliado en José Manuel infante N°1805 departamento 1712, comuna de Ñuñoa, el compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con su cédula mencionada y exponen: Que con fecha 29 de julio del 2022, mediante junta extraordinaria de migración, debidamente protocolizada, ante la notaría de Santiago de doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, el socio acordó la migración de empresa PHARMA CONTROL CHILE SpA, constituida por el formato “empresa en un día”, trasladándose desde el régimen simplificado al régimen general. Y, por tanto, se tomó razón al margen en Registro de Comercio respectivo cuya inscripción es a fojas 68026, numero 29696, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022,.- Por un error de hecho, se omitió efectuar la publicación del CERTIFICADO DIGITAL DE MIGRACIÓN AL RÉGIMEN GENERAL, de tal forma que el compareciente antes individualizado, de conformidad a la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad en Sociedades, vienen en sanear la Junta extraordinaria de Migración que se protocolizo en la Séptima Notaria de Santiago “Migración de empresa PHARMA CONTROL CHILE SpA, constituida por el formato “empresa en un día”, trasladándose desde el régimen simplificado al régimen general” otorgando la presente escritura y para que con la publicación del CERTIFICADO DIGITAL DE MIGRACIÓN AL RÉGIMEN GENERAL de ésta y de aquella que se sanea, se regularice la reducción a escritura pública de junta de accionistas. El compareciente, entonces, acogiéndose a la Ley de Saneamiento precitada, inscribirá y publicará dentro del plazo legal, un extracto de la presente escritura de saneamiento en conjunto con aquella que se sanea que permita, en definitiva, subsanar el vicio o error detectado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de noviembre de 2022.-