Cabrero Solar SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2022
- Repertorio
- 30196-2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Santiago Solar Power SpA | socio | 77346153-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 11 de Noviembre de 2022, repertorio Nº 30.196-2022, ante mí, SANTIAGO SOLAR POWER SpA”, rol único tributario número 77.346.153-8, en su calidad de único accionista según registro de accionistas que he tenido a la vista, y actuando representada por Sung Won Kim, c.i. Nº27.541.515-4, modificó la Sociedad “CABRERO SOLAR SpA”, RUT 76.967.751-8, sociedad inscrita a fojas 90815 número 46572 del Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2018, en la que se acordó lo siguiente: A) Es actual accionista de la sociedad “Cabrero Solar SpA” la siguiente sociedad Santiago Solar Power SpA, RUT Nº 77.346.153-8; quien detenta el 100% de las acciones con derecho a voto conforme a la compraventa de acciones que da cuenta la escritura extractada; B) Se modifica íntegramente el articulo primero de los estuatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO: Se constituye una sociedad por acciones cuyo nombre es “CABRERO SOLAR SpA”, en adelante también la “Sociedad”. El domicilio de la Sociedad será la Ciudad de Santiago; sin perjuicio de las agencias, oficinas, o sucursales que acuerde establecer en otras comunas del país o en el extranjero.”; y, C) Se modificaron otras materias que no son objeto de extracto; (i) se designa como Administrador de la Sociedad a SANTIAGO SOLAR POWER SPA, quien actuará a traves de su mandatario o apoderado el señor Sung Won Kim, c.i. Nº Nº27.541.515-4, quien podrá representar a la Sociedad con todas las facultades establecidas en el artículo sexto de los estatutos sociales; (ii) se reemplazan íntegramente los Artículos Primero y Segundo Transitorios de los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de noviembre de 2022.