AGRICOLA CARTAGO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 11 de noviembre de 2022, repertorio número 30.392-2022, ante mí, doña Isabel Margarita Díaz Vargas; La sociedad Inversiones Cartago Limitada, Rol Único Tributario número 96.778.080-4, que se encuentra inscrita a fojas 22.049, N° 17.806, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1995; y don Felipe Sebastián Vicuña Montes, todos los anteriores domiciliados, para estos efectos, en calle El Huinganal número 3.577, departamento número 6, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad “AGRICOLA CARTAGO LIMITADA”, Rol Único Tributario número 76.503.978-9 ,sociedad constituida mediante formulario de constitución social de fecha 5 de mayo de 2015, emitido por el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Posteriormente la sociedad migró al régimen General mediante formulario de migración de fecha 27 de octubre de 2022, emitido por el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y que actualmente se encuentra inscrita a fojas 90377, número 39589 del Registro de Comercio de Santiago del año 2022. Modificaciones consisten en: 1) Cesión de derechos sociales: Doña Isabel Margarita Díaz Vargas y don Felipe Sebastián Vicuña Montes, venden, ceden y transfieren la totalidad de su participación y derechos sociales en la sociedad AGRÍCOLA CARTAGO LIMITADA, esto es, Felipe Sebastián Vicuña Montes vende, cede y transfiere el 0,13759% del total de los derechos sociales de su propiedad, e Isabel Margarita Díaz Vargas vende, cede y transfiere el 10,45718% del total de los derechos sociales de su propiedad, que la sociedad Inversiones Cartago Limitada, los compra, acepta y adquiere para sí. 3) Disolución. Como consecuencia de las ventas y cesiones de derechos que da cuenta este instrumento, Inversiones Cartago Limitada se hace dueña del 100% de los derechos sociales de AGRÍCOLA CARTAGO LIMITADA, produciéndose la disolución de esta última al haberse reunido la totalidad de los derechos sociales en una misma persona.- En consideración de lo anterior, se hace innecesaria la liquidación de la sociedad disuelta, traspasándose todo su patrimonio a INVERSIONES CARTAGO LIMITADA, quien será la sucesora y continuadora legal de la sociedad absorbida, titular de todos los derechos y plenamente responsable de todas y cada una de las obligaciones que tenía la sociedad absorbida, cualquiera sea su naturaleza. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 21 de noviembre de 2022.-