RGS ABOGADOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de noviembre de 2022
- Notario
- ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO
- Oficio
- 48ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.200.000 CLP
Objeto social
Además, la sociedad podrá desarrollar actividades de litigación jurídica, docencia y organización de charlas y eventos sólo con el objetivo de divulgar las materias de relevancia en la disciplina legal, contable y tributaria, la investigación y la emisión de estudios e informes en las áreas propias de su giro, la publicación de los mismos, y en general, toda otra actividad relacionada con las anteriores y que el o los socios determinen de común acuerdo. Todas las actividades mencionadas podrán ser efectuadas por intermedio de sus socios, asociados o colaboradores. QUINTO: La duración de la sociedad será indefinida. SEXTO: El capital de la sociedad será la suma de $1.200.000, que se encuentran ya ingresados a la caja social según lo siguiente: a) José Francisco Sepúlveda Ramírez, aportó $300.000 que corresponde al 25% del capital social; b) Gonzalo Andrés Madrid Gálvez, aportó $300.000 que corresponde al 25% del capital social; c) Diego Riquelme Ruiz aportó $300.000 que corresponde al 25% del capital social; y d) Felipe Francisco Gavilán Núñez aportó $300.000 que corresponde al 25% del
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad RGS ABOGADOS SpA | socio | 76446949-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Notario Público Interino de la 48ª Notaria de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3076, oficina 601, piso 6, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, certifica: que por escritura pública de fecha 17 de noviembre de 2022, fue reducida, ante mí, el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad RGS ABOGADOS SpA, RUT 76.446.949-6, inscrita a fojas 61.524, número 33.343, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016, todos los accionistas de la sociedad, estos son Francisco Sepúlveda Ramírez, Gonzalo Madrid Gálvez, Diego Riquelme Ruiz y Felipe Gavilán Núñez, acordaron la transformación del tipo social de una sociedad por acciones a una sociedad de responsabilidad limitada llamada RGS Abogados Limitada, aprobándose además los nuevos estatutos, los que son los siguientes: ESTATUTOS SOCIALES DE RGS ABOGADOS LIMITADA: Don José Francisco Sepúlveda Ramírez; don Gonzalo Andrés Madrid Gálvez, don Diego Riquelme Ruiz; y don Felipe Francisco Gavilán Núñez, todos domiciliados en calle Génova 2.016, oficina 11, Providencia, Santiago, vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada. SEGUNDO: La razón social será “RGS Abogados Limitada”, pudiendo utilizar ante todo tipo de personas, naturales y jurídicas, incluso bancos, los nombres de fantasía “RGS Abogados”. TERCERO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, República de Chile, sin perjuicio de las agencias o sucursales que los socios acuerden establecer en otras ciudades de la República o en el extranjero. CUARTO: La sociedad tiene por objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 N° 2 de la Ley de Impuesto a la Renta en el campo de su especialidad, esto es, la asesoría y consultoría legal, contable y tributaria, las que podrán ser ejercidas dentro de la República de Chile o en el exterior, por cuenta propia o ajena, en forma individual o asociada con terceros que también presenten servicios profesionales afines al objeto social. Además, la sociedad podrá desarrollar actividades de litigación jurídica, docencia y organización de charlas y eventos sólo con el objetivo de divulgar las materias de relevancia en la disciplina legal, contable y tributaria, la investigación y la emisión de estudios e informes en las áreas propias de su giro, la publicación de los mismos, y en general, toda otra actividad relacionada con las anteriores y que el o los socios determinen de común acuerdo. Todas las actividades mencionadas podrán ser efectuadas por intermedio de sus socios, asociados o colaboradores. QUINTO: La duración de la sociedad será indefinida. SEXTO: El capital de la sociedad será la suma de $1.200.000, que se encuentran ya ingresados a la caja social según lo siguiente: a) José Francisco Sepúlveda Ramírez, aportó $300.000 que corresponde al 25% del capital social; b) Gonzalo Andrés Madrid Gálvez, aportó $300.000 que corresponde al 25% del capital social; c) Diego Riquelme Ruiz aportó $300.000 que corresponde al 25% del capital social; y d) Felipe Francisco Gavilán Núñez aportó $300.000 que corresponde al 25% del capital social. Los socios limitan su responsabilidad personal al monto de sus respectivos aportes. SÉPTIMO: La administración y el uso de la razón social les corresponderá a los socios José Francisco Sepúlveda Ramírez, Gonzalo Andrés Madrid Gálvez y Felipe Francisco Gavilán Núñez actuando de manera individual e indistinta. Los socios administradores podrán actuar judicial y extrajudicialmente en todos los asuntos, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos y contratos que digan relación con el objeto social o sean necesarios para el logro de sus fines. Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de noviembre 2022.