CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ORDENARME SpA

CVE 2221206
Capital
$5.250.000 CLP
Fecha instrumento
15 de noviembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
15 de noviembre de 2022
Repertorio
13851-2022
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
Décima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.250.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad será, la explotación tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, de las siguientes actividades: (a) La prestación de todo tipo de servicios profesionales y personales de coaching, consultoría, capacitación, educación y asesorías en todo tipo de materias, incluyendo asesorías económicas, empresarial, financieras, de inversiones y emprendimiento; (b) La enseñanza, difusión y publicidad de trabajos, estudios, investigaciones y, en general, de cualquier tipo de producción académica, financiera, intelectual o cultural; (c) La recolección, almacenamiento, tratamiento, y provisión de servicios de procesamiento de datos y actividades relacionadas con bases de datos; (d) La dictación de seminarios, conferencias, cursos, foros, talleres y programas de capacitación en general, así como la realización de todo tipo de eventos e investigaciones, ya sea presencial o por medios tecnológicos; (e) El diseño, desarrollo, implementación, programación, distribución y comercialización de todo tipo de aplicaciones, hardware, software, plataformas web y aplicaciones móviles; (f) La realización de inversiones en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos en sociedades de personas y acciones y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión; la administración de tales inversiones y bienes y la percepción de sus frutos y rentas; y (g) cualquier otra actividad relacionada con las anteriores que pudieren acordar en el futuro los accionistas y que resulten convenientes o necesarios para la realización del

Administración

El uso de la razón social, la representación y la administración de la Sociedad corresponderá a una o más personas designadas en calidad de Administrador por los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número 1235, Santiago, Región Metropolitana. CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 15 de noviembre de 2022, repertorio 13.851-2022 ante mí: doña MARÍA BEATRIZ CERECEDA CANEO y HB ASESORIAS E INVERSIONES SpA, debidamente representada por don HUGO EDUARDO BENEDETTI ESPINOZA, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: “ORDENARME SpA”. Pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras, con el nombre de fantasía de “ORDENAR.ME”. Duración: Indefinida. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o en el extranjero. Objeto Social: El objeto de la Sociedad será, la explotación tanto en Chile como en el extranjero, por cuenta propia o ajena, asociada o no a terceros, de las siguientes actividades: (a) La prestación de todo tipo de servicios profesionales y personales de coaching, consultoría, capacitación, educación y asesorías en todo tipo de materias, incluyendo asesorías económicas, empresarial, financieras, de inversiones y emprendimiento; (b) La enseñanza, difusión y publicidad de trabajos, estudios, investigaciones y, en general, de cualquier tipo de producción académica, financiera, intelectual o cultural; (c) La recolección, almacenamiento, tratamiento, y provisión de servicios de procesamiento de datos y actividades relacionadas con bases de datos; (d) La dictación de seminarios, conferencias, cursos, foros, talleres y programas de capacitación en general, así como la realización de todo tipo de eventos e investigaciones, ya sea presencial o por medios tecnológicos; (e) El diseño, desarrollo, implementación, programación, distribución y comercialización de todo tipo de aplicaciones, hardware, software, plataformas web y aplicaciones móviles; (f) La realización de inversiones en todo tipo de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos en sociedades de personas y acciones y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión; la administración de tales inversiones y bienes y la percepción de sus frutos y rentas; y (g) cualquier otra actividad relacionada con las anteriores que pudieren acordar en el futuro los accionistas y que resulten convenientes o necesarios para la realización del objeto social. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $5.250.000, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, el que es suscrito y pagado de la siguiente forma:/A/ doña MARÍA BEATRIZ CERECEDA CANEO suscribe la cantidad de 750.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, equivalentes a $3.937.500, los que fueron pagados en el acto de la constitución y enterados a la caja social, al contado y en dinero efectivo; /B/ la sociedad HB ASESORIAS E INVERSIONES SpA suscribe la cantidad de 250.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, equivalentes a $1.312.500, los que fueron pagados en el acto de la constitución y enterados a la caja social, al contado y en dinero efectivo. Administración: El uso de la razón social, la representación y la administración de la Sociedad corresponderá a una o más personas designadas en calidad de Administrador por los Accionistas. La designación se hará mediante escritura pública suscrita por la totalidad de los accionistas, o mediante Junta de Accionistas, por la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto. Desde la fecha de constitución y hasta que su nombramiento sea revocado, los accionistas designan como administradora a doña MARÍA BEATRIZ CERECEDA CANEO, quien podrá representar a la Sociedad con todas y cada una de las facultades establecidas en el artículo décimo segundo y demás pertinentes de los estatutos sociales, sin restricción alguna. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de noviembre del 2022.