ADMINISTRADORA E INVERSIONES MAR AZUL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de octubre de 2022
- Notario
- OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
- Oficio
- 31. Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- En todo lo no modificado por la presente escritura, rigen íntegramente las estipulaciones del pacto social contenidas en la escritura pública individualizada en la cláusula primera de este instrumento
- Capital
- $9.897.286 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular 31. Notaría de Santiago, Huérfanos 1055, Local 328; Certifico; Por escritura pública hoy ante mí, don EMILIO HERNÁN FLORES NÚÑEZ, chileno, viudo, contador, cédula de identidad número 5.200.282-6, domiciliado en calle Alonso de Ovalle número seiscientos setenta y nueve, departamento treinta y dos, comuna de Santiago, Región Metropolitana, por sí, y en representación de don EMILIO MATÍAS FLORES RETAMAL, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad número 19.740.304-7, domiciliado en calle Hermanos Cabot Número seis mil setecientos siete, departamento ciento treinta y cuatro, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, doña ESTEFANIA ORNELLA DE LOURDES FLORES RETAMAL, chilena, soltera, ingeniera, cédula de identidad número 20.245.011-3, domiciliada en calle Hermanos Cabot número seis mil setecientos siete departamento ciento treinta y cuatro, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y don MARCELO FRANCISCO PADILLA BUSTAMANTE, chileno, soltero, ingeniero, cédula de identidad número 13.278.117-6, domiciliado en calle Alonso de Ovalle N° 679 oficina 32, comuna de Santiago, Región Metropolitana. Vienen en modificar el pacto social, en el sentido de disminuir el capital actual de la sociedad, en el monto de $9.897.286, de acuerdo al Balance practicado al 31 de diciembre de 2021 por la sociedad, monto que se entera y paga de la siguiente manera: a) don EMILIO HERNÁN FLORES NÚÑEZ, aporta la suma de $3.810.455, equivalentes al 38,5%, del capital social, suma pagada con anterioridad y ya ingresada a la caja social. b) don EMILIO MATÍAS FLORES RETAMAL, aporta la suma de $3.043.415, equivalentes al 30,75%, del capital social, suma pagada con anterioridad y ya ingresada a la caja social. c) doña ESTEFANIA ORNELLA DE LOURDES FLORES RETAMAL, aporta la suma de $3.043.415, equivalentes al 30,75%, del capital social, suma pagada con anterioridad y ya ingresada a la caja social. Que además, los comparecientes acuerdan modificar la Sociedad, como consecuencia del retiro voluntario de los Cedentes don 1) EMILIO MATÍAS FLORES RETAMAL y doña 2) ESTEFANIA ORNELLA DE LOURDES FLORES RETAMAL, y del ingreso a ella, como nuevo socio, el Cesionario don MARCELO FRANCISCO PADILLA BUSTAMANTE, conforme a lo cual los comparecientes acuerdan lo siguiente: Uno. Cesión de derechos: El Cedente, don EMILIO MATÍAS FLORES RETAMAL, dueño del 30,75%, del total de los derechos sociales en la Sociedad, vende, cede y transfiere al Cesionario don MARCELO FRANCISCO PADILLA BUSTAMANTE, quien compra, acepta y adquiere, el total de su participación social, dejando, en consecuencia, el Cedente de ser socio de la Sociedad. El precio de la señalada cesión, se estableció de común acuerdo en el monto de $3.043.415, precio que es pagado en la forma convenida y estipulada en la presente escritura. Dos. Cesión de derechos: La Cedente, doña ESTEFANIA ORNELLA DE LOURDES FLORES RETAMAL, dueña del 30,75% del total de los derechos sociales en la Sociedad, vende, cede y transfiere al Cesionario don MARCELO FRANCISCO PADILLA BUSTAMANTE, quien compra, acepta y adquiere, el total de su participación social, dejando, en consecuencia, la Cedente de ser socia de la Sociedad. El precio de la señalada cesión, se estableció de común acuerdo en el monto de $3.043.415, precio que es pagado en la forma convenida y estipulada en la presente escritura. Tres. Cesión de derechos: El Cedente, don EMILIO HERNÁN FLORES NÚÑEZ, dueño del 38,5% del total de los derechos sociales en la Sociedad, vende, cede y transfiere al Cesionario, don MARCELO FRANCISCO PADILLA BUSTAMANTE, quien compra, acepta y adquiere, el 36,5% de sus derechos sobre la sociedad, quedando el Cedente, en consecuencia, con un porcentaje de participación en la sociedad de un 2%. El precio de la señalada cesión, se estableció de común acuerdo en el monto de $3.612.509, precio que es pagado en la forma convenida y estipulada en la presente escritura. Como consecuencia de las cesiones de derechos contenida en esta escritura, el interés social de la Sociedad queda distribuido de la siguiente forma: don MARCELO FRANCISCO PADILLA BUSTAMANTE, es titular del 98% del total del interés social, y don EMILIO HERNÁN FLORES NÚÑEZ, es titular del 2% del total del interés social. Conforme a lo anteriormente expuesto, los actuales socios de Administradora e Inversiones Mar Azul Limitada son: don MARCELO FRANCISCO PADILLA BUSTAMANTE y don EMILIO MATÍAS FLORES RETAMAL. En consecuencia, los comparecientes de común acuerdo y en sus calidades de únicos y actuales socios de la sociedad Administradora e Inversiones Mar Azul Limitada vienen a modificar el pacto social, en el sentido que la Administración y el Uso de la Razón Social le corresponderá a don MARCELO FRANCISCO PADILLA BUSTAMANTE, el cual, anteponiendo su firma obligará a la presente sociedad. Por último, los actuales socios de la sociedad Administradora e Inversiones Mar Azul Limitada vienen a modificar el pacto social, en el sentido agregar el siguiente nombre de fantasía de la sociedad: “Ad.M.A. Propiedades Ltda.”, pudiendo funcionar y actuar, ante Bancos y Entidades Financieras, instituciones públicas o privadas, con el señalado nombre de fantasía. En todo lo no modificado por la presente escritura, rigen íntegramente las estipulaciones del pacto social contenidas en la escritura pública individualizada en la cláusula primera de este instrumento. Capital: El capital de la sociedad en referencia, asciende a la suma de $9.897.286, suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de Octubre de 2022.