MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

HOTELERIA SOFIA GARCÍA E HIJOS LIMITADA

RUT 76110388-1 CVE 2219528
Capital
$150.000 CLP
Fecha instrumento
14 de noviembre de 2022
Notaría
Osorno

Instrumento

Fecha
14 de noviembre de 2022
Comuna
Osorno

Sociedad

Capital
$150.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NICOLAS ALEJANDRO VALENZUELA GONZALEZ, Abogado, Suplente del Notario Público Titular de Osorno, don ABDALLAH FERNÁNDEZ ATUEZ, con oficio en Avenida Nueva Mackenna Nº 871, oficina 102, Osorno, certifica: Por escritura de fecha 14 de noviembre de 2022, don JUAN CARLOS MANCILLA GARCÍA, domiciliado en calle Ramírez 265, Entre Lagos, comuna de Puyehue, don PABLO ESTEBAN BRASSEA MANCILLA, domiciliado en calle Eleuterio Ramírez 265, Entre Lagos, comuna de Puyehue, y don SEBASTIAN ANDRES BRASSEA MANCILLA, domiciliado en calle Lira 118, departamento G, ciudad de Santiago, celebraron escritura de modificación y de cesión de derechos de “HOTELERIA SOFIA GARCÍA E HIJOS LIMITADA”, o “SOCIEDAD HOTELERA HOSTERIA ENTRE LAGOS LIMITADA”. La sociedad fue constituida por escritura pública de 29 de junio del año 2010, otorgada en la Notaría de Osorno, de don Harry Maximiliano Winter Aguilera, se inscribió a fojas 279 vuelta número 224, en el Registro de Comercio del año 2010 del Conservador de Bienes Raíces de Osorno, y su extracto se publicó en el Diario Oficial de fecha 18 de agosto del año 2010. El capital inicial de la sociedad es de $150.000.000 y el RUT de la sociedad es 76.110.388-1. Con fecha 1º de septiembre de 2021 se concedió posesión efectiva quedada al fallecimiento de doña SOFIA GARCIA RAMIREZ a sus herederos don JUAN CARLOS MANCILLA GARCIA, a don PABLO ESTEBAN BRASSEA MANCILLA y a don SEBASTIAN ANDRES BRASSEA MACILLA. Con fecha 7 de septiembre de 2021 se concedió posesión efectiva quedada al fallecimiento de doña MARIA ELISABETH MANCILLA GARCIA a sus herederos don PABLO ESTEBAN BRASSEA MANCILLA y don SEBASTIAN ANDRES BRASSEA MANCILLA. Desde el momento de la constitución de la sociedad y hasta el fallecimiento de las socias doña SOFIA GARCIA RAMIREZ y doña MARIA ELISABETH MANCILLA GARCIA, el capital social de la sociedad estaba distribuido en las siguientes proporciones: A) Doña SOFIA GARCIA RAMIREZ $90.000.000, con el 60% del capital social, B) doña MARIA ELISABETH MANCILLA GARCIA $30.000.000 con el 20% del capital social, y C) don JUAN CARLOS MANCILLA GARCIA $30.000.000 con el 20% del capital social. En consecuencia, los socios y comparecientes acuerdan que, a esta fecha, son únicos socios de la sociedad, según los siguientes porcentajes de participación: don JUAN CARLOS MANCILLA GARCIA con un 50% del total de los derechos sociales, don PABLO ESTEBAN BRASSEA MANCILLA con un 25% del total de los derechos sociales y don SEBASTIAN ANDRES BRASSEA MACILLA con 25% del total de los derechos sociales. Las utilidades y las perdidas de la Sociedad se repartirán entre los socios en la misma proporción de sus derechos. 2) ADMINISTRACION CONJUNTA. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá en forma conjunta a don JUAN CARLOS MANCILLA GARCÍA, don PABLO ESTEBAN BRASSEA MANCILLA y don SEBASTIAN ANDRES BRASSEA MANCILLA, según letra A de nueva clausula séptima de estatuto establecida en esta oportunidad, sin perjuicio de las facultades que don JUAN CARLOS MANCILLA GARCÍA podrá ejercer en forma individual y sin necesidad de la concurrencia de los otros socios, de conformidad a letra B de nueva cláusula séptima de estatuto establecida en esta oportunidad. En lo no modificado permanecen vigentes estatutos sociales. Otras estipulaciones escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 17 de noviembre de 2022.