CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

FL SPORTS SpA

CVE 2219713
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de noviembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de noviembre de 2022
Notario
VERONICA TORREALBA COSTABAL
Oficio
Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, CERTIFICO que por escritura pública de fecha 09 de noviembre de 2022, otorgada ante mí, Inmobiliaria e Inversiones JMF SpA e Inversiones Guadalupe SpA constituyeron sociedad por acciones cuyo extracto es el siguiente: Nombre: “FL SPORTS SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) La promoción y desarrollo de actividades deportivas y recreativas; b) El desarrollo, organización, explotación y comercialización de complejos deportivos, espectáculos deportivos, productos y derechos de todo tipo relacionados o vinculados con la actividad deportiva, incluyendo la representación, importación, exportación, distribución y comercialización de dichos productos; c) Adquirir o tomar en arrendamiento bienes inmuebles y muebles para el desarrollo y promoción de actividades del objeto social, pudiendo explotar dichos bienes directamente o cederlos en arrendamiento u otro tipo de contratos; d) La promoción, explotación y construcción de equipamientos e instalaciones deportivas; e) La publicidad y marketing de actividades deportivas y recreativas; f) La comercialización de alimentos, líquidos, suplementos y vitaminas relacionados con las actividades deportivas; g) La prestación de servicios de administración, consultoría y asesoría en todo lo que diga relación directa o indirecta con complejos o centros deportivos; y h) En general, desarrollar toda clase de actos y celebrar toda clase de contratos que sean necesarios o convenientes y que digan relación directa o indirecta con el objeto social. Para la ejecución de una o más de las actividades que conforman el giro social, la Sociedad podrá actuar directamente o bien por intermedio de otras personas jurídicas tanto en Chile como en el extranjero. Capital: es la cantidad de $1.000.000.-, dividido en 1.000.- acciones nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito por accionistas constituyentes en la forma indicada en artículo Primero transitorio de estatutos sociales, y que pagarán en dinero efectivo, en una o más cuotas y sin intereses, dentro del plazo de un año contado desde fecha escritura extractada. Las acciones serán de 2 series, las de Serie A y las de Serie B. La Serie A consta de 998 acciones ordinarias, las que no tienen preferencias de ninguna clase o naturaleza. Las de la Serie B consta de 2 acciones preferentes, las que tendrán como única preferencia el derecho exclusivo y excluyente de percibir, vía reparto de dividendos, la totalidad de las utilidades de la Sociedad provenientes de la unidad de negocios correspondiente a la prestación de servicios de administración, consultoría y asesoría en todo lo que diga relación directa o indirecta con complejos o centros deportivos. Como contrapartida, las acciones de la Serie B no tendrán derecho alguno a participar, vía reparto de dividendos, de las utilidades de la Sociedad provenientes de las otras unidades de negocios de la Sociedad. La transferencia de estas acciones preferidas a una persona distinta de los accionistas constituyentes o bien a persona natural o jurídica que no sea relacionada a alguno de estos últimos, extinguirá la preferencia antes indicada, y se transformarán en acciones Serie A u ordinarias. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. Administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los señores JUAN MANUEL FISHER DÍAZ y CRISTÓBAL LARRAIN DE LA CERDA, quienes las ejercerán actuando individual e indistinta con las más amplias facultades, sin perjuicio de limitaciones indicadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador copia autorizada extracto para legalización Sociedad. Santiago, 17 de noviembre de 2022.