MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES PERALILLO LIMITADA

RUT 78091270-7 CVE 2219243
Capital
$580.095 CLP
Fecha instrumento
27 de octubre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de octubre de 2022
Notario
PATRICIO RABY BENAVENTE
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$580.095 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifico: Por escritura pública 27 de octubre de 2022, ante mí, BLANCA MARGARITA UGARTE PÉREZ DE ARCE, cédula de identidad número 5.548.473-2, por sí y en representación de TERCHI SpA, rol único tributario número 76.061.891-8, y de INVERSIONES FRUTILLAR SpA, rol único tributario número 76.377.245-4, todos domiciliados en Gertrudis Echeñique número 165, departamento 121, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron INVERSIONES PERALILLO LIMITADA, Rol Único Tributario número 78.091.270-7, inscrita a fojas 6471 número 3229 del Registro de Comercio del CBRS del año 1991, en el siguiente sentido: 1) se deja constancia del fallecimiento del socio Alvaro Eduardo Santa Cruz Goecke, del otorgamiento de su posesión efectiva, del pago total del impuesto de herencia, y de la partición de los bienes quedados a su fallecimiento en la forma y condiciones señaladas en la escritura extractada; 2) en consecuencia, únicos y actuales socios, modifican: i) artículo cuarto estatutos sociales relativo al capital social quedando este del siguiente tenor: “CUARTO: El capital social es la cantidad de $1.143.046.111, aportado y pagado con anterioridad a esta fecha por los socios en la siguiente proporción: a) Blanca Margarita Ugarte Pérez de Arce $12.459.203 equivalentes al 1,09% del capital social. b) TERCHI SpA $580.095.901 equivalentes al 50,75% del capital social; c) Inversiones Frutillar SpA, $550.491.007 equivalentes al 48,16% del capital social.”; ii) articulo septimo estatutos sociales relativo a la administración y uso de la razón social la que corresponderá: a) a Blanca Margarita Ugarte Perez, quien la ejercerá en forma individual y anteponiendo a su firma la razón social; b) a Teresita María Santa Cruz Ugarte y Alvaro Juan Alfonso Santa Cruz Ugarte actuando en forma conjunta y anteponiendo a sus firmas la razón social. Actuando de la manera señalada, quien o quienes ejerzan la administración, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y entre ellas las que se indican en escritura extractada por vía meramente enunciativa y no taxativa; Otras estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 16 de noviembre de 2022.- P. Raby B. N. P.