MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LAS TEPAS LIMITADA

RUT 78470040-2 CVE 2219286
Fecha instrumento
27 de octubre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de octubre de 2022
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
Décima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1235, piso 2, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 27/10/2022 otorgada ante mí, SYLVIA VERÓNICA AVAYÚ WAISSBLUTH, JEANETTE AVAYÚ WAISSBLUTH, MARCELA ANDREA AVAYÚ WAISSBLUTH, todas las anteriores quienes comparecen en su calidad de empresario individual, JAVIERA ALEJANDRA AVAYÚ GUZMÁN, LEÓN DANIEL AVAYÚ GUZMÁN, BENJAMÍN ANDRÉS AVAYÚ GUZMÁN, todos ellos domiciliados en Avenida Isidora Goyenechea 3365, piso 13, comuna de Las Condes, ALBERTO MANUEL AVAYÚ GUILOFF, domiciliado en Camino Las Flores 10479, departamento 103, comuna de Las Condes, DANIEL JACK AVAYÚ GUILOFF, domiciliado en Camino Las Flores 10479, departamento 301, comuna de Las Condes, EDUARDO MIGUEL AVAYÚ GUILOFF, domiciliado en Avenida José Alcalde Délano 10200, Edificio Aria, departamento 31, comuna de Lo Barnechea, los tres últimos quienes comparecen en su calidad de empresario individual, MICHELLE SARAH ZELDIS AVAYÚ, domiciliada en El Temporal 14088, comuna de Lo Barnechea, DENISE ELISA ZELDIS AVAYÚ, domiciliada en Camino Piedra Roja 1569, casa D, comuna de Las Condes, JOSÉ ALEJANDRO ALAZRAKI AVAYÚ, domiciliado en Pedro Canga 166, San Isidro, Lima, Perú, y ARIEL DAVID BORZUTZKY AVAYÚ, domiciliado en Ramat Beit Shemesh, Nachal Gilo 4, Knissah Alef, departamento 2, Jerusalén, Israel, modificaron INVERSIONES LAS TEPAS LIMITADA, inscrita a fojas 28.383, N° 23.331, del Registro de Comercio de Santiago del año 1993, en los siguientes términos: 1) Por escritura pública de fecha 25/11/2021, otorgada en la notaría de Santiago de doña Valeria Ronchera Flores, se disolvió -a partir de la fecha de dicha escritura- la sociedad INVERSIONES NUEVA AG LIMITADA. Como consecuencia de la disolución de INVERSIONES NUEVA AG LIMITADA, y la consiguiente liquidación y adjudicación de la participación que dicha sociedad tenía en la sociedad Inversiones Las Tepas Limitada, ascendente al 25% aproximadamente de los derechos en el capital social, se produce un cambio en la composición societaria en el sentido que JAVIERA ALEJANDRA AVAYÚ GUZMÁN, LEÓN DANIEL AVAYÚ GUZMÁN y BENJAMÍN ANDRÉS AVAYÚ GUZMÁN reemplazan y sustituyen a la sociedad INVERSIONES NUEVA AG LIMITADA en su calidad de socia de INVERSIONES LAS TEPAS LIMITADA. adjudicándose, Javiera Alejandra Avayú Guzmán, aproximadamente el 8,33334% del capital social, León Daniel Avayú Guzmán, aproximadamente el 8,33333% del capital social, y Benjamín Andrés Avayú Guzmán, aproximadamente el 8,33333% del capital social. 2) Con fecha 30/04/2021 falleció doña Susana Rosa Avayú Guiloff. Como consecuencia de su fallecimiento se produce un cambio en la composición societaria, en el sentido que la comunidad hereditaria compuesta por MICHELLE SARAH ZELDIS AVAYÚ, DENISE ELISA ZELDIS AVAYÚ, JOSE ALEJANDRO ALAZRAKI AVAYÚ y ARIEL DAVID BORZUTZKY AVAYÚ reemplazan y sustituyen a doña SUSANA ROSA AVAYÚ GUILOFF en su calidad de socia de Inversiones Las Tepas Limitada, con la participación que esta última tenía en la sociedad, ascendente al 12,5% aproximadamente de los derechos en el capital social. 3) Como consecuencia de los números 1) y 2) anteriores, quedan como únicos socios de INVERSIONES LAS TEPAS LIMITADA, Sylvia Verónica Avayú Waissbluth, Jeanette Avayú Waissbluth, Marcela Andrea Avayú Waissbluth, todas en sus calidades de empresarias individuales (E.I.), Javiera Alejandra Avayú Guzmán, León Daniel Avayú Guzmán, Benjamín Andrés Avayú Guzmán, Alberto Manuel Avayú Guiloff, Eduardo Miguel Avayú Guiloff, Daniel Jack Avayú Guiloff, los 3 últimos en su calidad de empresarios individuales (E.I.) y la comunidad hereditaria compuesta por los herederos de doña Susana Rosa Avayú Guiloff: Michelle Sarah Zeldis Avayú, Denise Elisa Zeldis Avayú, José Alejandro Alazraki Avayú y Ariel David Borzutzky Avayú. 4) Adicionalmente, actuales y únicos socios, acuerdan reemplazar el artículo quinto del estatuto social por el siguiente: “QUINTO: Capital: El capital de la sociedad es la suma de doce mil trescientos setenta y siete millones seiscientos setenta y siete mil cinco pesos, el que se encuentra aportado, pagado y enterado en dinero efectivo, como sigue: (i) Doña SYLVIA VERÓNICA AVAYÚ WAISSBLUTH, mil treinta y un millones cuatrocientos setenta y dos mil novecientos setenta y siete pesos, equivalente aproximadamente a un ocho coma treinta y tres mil trescientos treinta y tres por ciento de los derechos en el capital social, que le corresponden en su totalidad como empresaria individual (E.I.); (ii) Doña MARCELA ANDREA AVAYÚ WAISSBLUTH, mil treinta y un millones cuatrocientos setenta y tres mil sesenta y cuatro pesos, equivalente aproximadamente a un ocho coma treinta y tres mil trescientos treinta y cuatro por ciento de los derechos en el capital social, que le corresponden en su totalidad como empresaria individual (E.I.); (iii) Doña JEANETTE AVAYÚ WAISSBLUTH, mil treinta y un millones cuatrocientos setenta y dos mil novecientos setenta y siete pesos, equivalente aproximadamente a un ocho coma treinta y tres mil trescientos treinta y tres por ciento de los derechos en el capital social, que le corresponden en su totalidad como empresaria individual (E.I.); (iv) Doña JAVIERA ALEJANDRA AVAYÚ GUZMÁN, mil treinta y un millones cuatrocientos setenta y tres mil trescientos sesenta y siete pesos, equivalente aproximadamente a un ocho coma treinta y tres mil trescientos treinta y cuatro por ciento de los derechos en el capital social; (v) Don LEÓN DANIEL AVAYÚ GUZMÁN, mil treinta y un millones cuatrocientos setenta y tres mil cincuenta y ocho pesos, equivalente aproximadamente a un ocho coma treinta y tres mil trescientos treinta y tres por ciento de los derechos en el capital social; (vi) Don BENJAMÍN ANDRÉS AVAYÚ GUZMÁN, mil treinta y un millones cuatrocientos setenta y tres mil cincuenta y ocho pesos, equivalente aproximadamente a un ocho coma treinta y tres mil trescientos treinta y tres por ciento de los derechos en el capital social; (vii) La Comunidad Hereditaria de doña Susana Rosa Avayú Guiloff compuesta por don José Alejandro Alazraki Avayú, doña Michelle Sarah Zeldis Avayú, doña Denise Elisa Zeldis Avayú y don Ariel David Borzutzky Avayú, mil quinientos cuarenta y siete millones doscientos nueve mil seiscientos veintiséis pesos, equivalente aproximadamente a un doce coma cinco por ciento de los derechos en el capital social; (viii) Don ALBERTO MANUEL AVAYÚ GUILOFF, mil quinientos cuarenta y siete millones doscientos nueve mil seiscientos veintiséis pesos, equivalente aproximadamente a un doce coma cinco por ciento de los derechos en el capital social, que le corresponden en su totalidad como empresario individual (E.I.); (ix) Don DANIEL JACK AVAYÚ GUILOFF, mil quinientos cuarenta y siete millones doscientos nueve mil seiscientos veintiséis pesos, equivalente aproximadamente a un doce coma cinco por ciento de los derechos en el capital social, que le corresponden en su totalidad como empresario individual (E.I.) y, (x) DON EDUARDO MIGUEL AVAYÚ GUILOFF, mil quinientos cuarenta y siete millones doscientos nueve mil seiscientos veintiséis pesos, equivalente aproximadamente a un doce coma cinco por ciento de los derechos en el capital social, que le corresponden en su totalidad como empresario individual (E.I.).”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto, quedando limitada la responsabilidad de los socios hasta el monto de sus respectivos aportes. Santiago, 14 de noviembre de 2022.