ESPINOZA & ASOCIADOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2022
- Repertorio
- 13040-22
- Notario
- ESMIRNA VIDAL MORAGA
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Temuco
- Duración
- 3 años contados desde la fecha de escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Capital y
- Ley aplicable
- ley 3.918
Objeto social
El objeto de la sociedad es la prestación de toda clase de servicios jurídicos y tributarios tanto a personas naturales como a personas jurídicas, incluyendo en estas últimas a todo tipo de empresas, sean públicas o privadas, nacionales o extranjeras. Los servicios profesionales consisten en asesorías en los distintos campos o áreas de práctica del derecho tributario, tales como gestión y planificación tributaria, asesoramiento legal y tributario en procesos de reorganización de empresas, planificaciones de herencia, defensa de los contribuyentes ante cualquier tipo de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos, y, la defensa de los mismos ante la Tesorería General de la República y los Tribunales Tributarios y Aduaneros. Los servicios también comprenden la elaboración de informes en derecho, seminarios y charlas sobre materias tributarias. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. Se dejó constancia para todos los efectos legales y tributarios que ESPINOZA & ASOCIADOS LIMITADA se hace responsable solidariamente de todos los impuestos que eventualmente pudieren adeudarse por ESPINOZA & ASOCIADOS SpA, relativos al giro o actividad respectiva, todo ello, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 69 del Código Tributario
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público de Temuco, con oficio en Antonio Varas 979, certifica: Por escritura pública de fecha 11 de noviembre de 2022 Repertorio N°13.040-22 ante mí, don ADRIÁN EDUARDO NEIRA ULLOA, chileno, soltero, abogado, cédula de identidad N°18.436.482-4, domiciliado en Bernardo O´Higgins N°125, piso 3, comuna y ciudad de Temuco, debidamente facultado, redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de ESPINOZA & ASOCIADOS SpA, celebrada con fecha 10 de noviembre de 2022, en mi oficio y con mi presencia, en la que estuvieron presentes la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto, y se acordó: Transformar ESPINOZA & ASOCIADOS SpA en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, la que se regirá de acuerdo con las disposiciones del siguiente estatuto, que reemplaza íntegramente el estatuto vigente y, en lo no previsto en él, por la ley 3.918 y sus modificaciones, y, por las normas pertinentes del Código Civil, en cuanto sean aplicables. Razón social: ESPINOZA & ASOCIADOS LIMITADA, nombre de fantasía ESPINOZA & ASOCIADOS LTDA. Objeto: El objeto de la sociedad es la prestación de toda clase de servicios jurídicos y tributarios tanto a personas naturales como a personas jurídicas, incluyendo en estas últimas a todo tipo de empresas, sean públicas o privadas, nacionales o extranjeras. Los servicios profesionales consisten en asesorías en los distintos campos o áreas de práctica del derecho tributario, tales como gestión y planificación tributaria, asesoramiento legal y tributario en procesos de reorganización de empresas, planificaciones de herencia, defensa de los contribuyentes ante cualquier tipo de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos, y, la defensa de los mismos ante la Tesorería General de la República y los Tribunales Tributarios y Aduaneros. Los servicios también comprenden la elaboración de informes en derecho, seminarios y charlas sobre materias tributarias. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Domicilio: Temuco sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: 3 años contados desde la fecha de escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Capital y socios: $1.000.000 de pesos, del cual don JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ, aportó la suma de $990.000 pesos, equivalentes al 99% del capital social, que pagó al contado y en dinero en efectivo, y don ADRIÁN EDUARDO NEIRA ULLOA, aportó la suma de $10.000 pesos, equivalentes al 1% del capital social, que pagó al contado y en dinero en efectivo. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. Se dejó constancia para todos los efectos legales y tributarios que ESPINOZA & ASOCIADOS LIMITADA se hace responsable solidariamente de todos los impuestos que eventualmente pudieren adeudarse por ESPINOZA & ASOCIADOS SpA, relativos al giro o actividad respectiva, todo ello, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 69 del Código Tributario. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 16 de noviembre del año 2022.