MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AROLA SERVICIOS Y ASESORIAS SpA

RUT 96990430-6 CVE 2218968
Fecha instrumento
11 de noviembre de 2022

Instrumento

Fecha
11 de noviembre de 2022
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa 1450, local 1, de esta ciudad, certifico: con fecha 27 de Octubre de 2022, ante mí, Don Patricio Arturo Labbe Reyes, dueño de 2500 Acciones; y Doña María Jesús Arocca Navarro, dueña de 2500, correspondientes al 100% del total de acciones de la Sociedad, celebraron y se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria Accionistas AROLA SERVICIOS Y ASESORIAS SpA, a la que asistí, donde acordaron: Modificar el Título Tercero De La Administración en sus cláusulas décima y undécima de los estatutos sociales en lo relativo a la administración de la misma, e insertar una nueva cláusula Undecimo Bis, estableciendo una nueva estructura de poderes para la mejor administración de la misma, del modo siguiente: A) Se modifica el Artículo décimo de los estatutos sociales, estableciendo que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada e individualmente a uno cualquiera indistintamente de los señores PATRICIO ARTURO LABBE REYES y/o MARIA JESUS AROCCA NAVARRO quienes podrán representar a la sociedad y están premunidos con las más amplias facultades de administración y disposición que se requiera, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, sin limitación alguna que se indican en la cláusula siguiente, y que, en su calidad de representantes legales de la sociedad, sus facultades se denominaran poderes clase A) quedan establecidas en la cláusula undécima siguiente. Asimismo se designan como apoderados, con poderes tipo B) a los señores Patricio Andrés Labbé Arocca, ; Rodrigo Antonio Labbé Arocca; Nicolás Ignacio Labbé Arocca y Juan Pablo Labbé Arocca, quienes tendrán poderes de administración clase b), cuyas facultades quedan establecidas en la cláusula UNDECIMA BIS” B) Se modifica el Artículo Undécimo de los estatutos sociales, señalando que los administradores de la sociedad, quienes estarán premunidos con poderes clase A), poseen las más amplias facultades de administración y disposición que se requiera, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social con todas las facultades de un factor de comercio; y C) Se incorpora un nuevo Artículo Undécimo Bis, que se intercala entre los Artículos undécimo y duodécimo de los estatutos sociales, y que establece que los apoderados de la sociedad premunidos con poderes clase b) estarán limitados en sus facultades en el sentido de que para obligar a la sociedad, deberán comparecer en el acto o contrato AL MENOS dos de los referidos apoderados y que además, no podrán delegar sus facultades en terceras personas, no podrán constituir a la sociedad en hipoteca, aval, codeudor solidario, deudor prendario, no podrán efectuar ventas de inmuebles de propiedad de la sociedad y en el orden judicial, no podrán representar judicialmente a la misma ni designar abogados patrocinantes y no podrán ser notificados o emplazados judicialmente.”.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de noviembre de 2022.